T-416 de 2010
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Martin Emilio Calle Calle·Respondent Tribunal Superior Del Distrito Judicial De Manizalez
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Caso en que al demandante no le es aplicable por cuanto se trasladó a este régimen y además no tenía 15 años cotizados a 1 de abril de 1994
- Traslado de monto ahorrado no puede ser inferior al monto total del aporte legal correspondiente en caso que la persona hubiere permanecido en el régimen de prima media
- Reiteración de jurisprudencia
- Reiteración de jurisprudencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Igualdad, debido proceso, seguridad social, dignidad humana.
El accionante comenta que se trasladó de régimen después de haber cumplido 42 años y por lo tanto considera que es beneficiario del régimen de transición, sin embargo la entidad accionada alega que no tiene derecho ya que para la fecha en que realizó el traslado no contaba con 15 años cotizados, por lo cual inició un proceso ordinario, en el cual se absolvió al ISS por considerar probada la excepción previa de ausencia de requisitos para acceder a la pensión de vejez, el actor considera que se incurrió en un defecto sustantivo.
La Sala pasa a estudiar la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y el defecto sustantivo, se concluye que la sentencia no incurrió en un defecto sustantivo, ya que el actor no cumple con los requisitos para ser beneficiario del régimen de transición.
Niega.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR el fallo dictado por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia el dieciseis (16) de diciembre de dos mil nueve (2009), que a su vez confirmo el de la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia el catorce (14) de octubre de dos mil nueve (2009), que negaron por improcedente la tutela interpuesta por el senor Martin Emilio Calle Calle.
- Segundo. NEGAR la accion de tutela interpuesta por el senor Martin Emilio Calle Calle, por considerar que la Sala Laboral del Tribunal Superior de Manizales no incurrio en via de hecho, ni vulnero los derechos fundamentales del tutelante al proferir la sentencia del 15 de septiembre de 2009, segun las razones expuestas en la parte considerativa de esta providencia.
- Tercero. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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