JurídicoESEN
Tutela ruling (T)November 23, 2022

T-410 de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Antonio José Lizarazo Ocampo

✓Claimant Wocv·Respondent Cuan Y Otros

✓
Topic · hard data
Derecho A La Educación De Niños, Niñas Y Adolescentes (Virtualidad O Presencialidad)-Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado, Estudiantes Asisten Al Colegio
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Educacion Del Niño
  • Responsabilidad en el desarrollo integral
Carencia Actual De Objeto
  • Hecho superado por pretensión satisfecha
  • Fenómeno que se configura en los siguientes eventos: hecho superado, daño consumado o situación sobreviniente
Derecho A La Educación De Niños, Niñas Y Adolescentes
  • Procedencia de la acción de tutela para su protección
Derecho A La Educación
  • Efectos de la pandemia COVID 19 en el proceso educativo de niños, niñas y adolescentes
  • Instalaciones inadecuadas
  • No vulneración
  • Desarrollo integral
Interés Superior De Los Niños, Niñas Y Adolescentes
  • Derecho a no padecer los efectos dañosos generados por las calamidades públicas
Principio Del Interes Superior Del Niño
  • Derecho a recibir una educación que responda a sus necesidades
Derecho Fundamental A La Educacion
  • Importancia del acceso y permanencia en el sistema educativo
11 topics · 15 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

El actor, actuando en representación de dos hijos, alega que las accionadas han vulnerado los derechos fundamentes de los menores al no permitirles la entrada a las instalaciones del colegio que se encuentra dentro del conjunto residencial y dictar las clases de manera virtual, sin permitir el retorno a las actividades académicas presenciales, bajo el argumento de no estar la institución en buenas condiciones e incumplir los requisitos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo y, por ente, no poder garantizar la seguridad y la vida a los estudiantes.

Teniendo en cuenta que durante el trámite de la acción de tutela se constató el regreso de los estudiantes a las actividades presenciales, luego de que el conjunto autorizara el ingreso al colegio, se declaró la carencia actual de objeto por la ocurrencia de un HECHO SUPERADO.

No obstante, ante los conflictos que continuaban existiendo entre las personas jurídicas accionadas, la Sala decidió hacer un pronunciamiento de fondo y pronunciarse sobre el alcance del derecho a la educación en relación con la virtualidad, específicamente, en los casos de niños, niñas y adolescentes.

En este aspecto concluyó que, sin la presencialidad, los diversos elementos que componen la educación no se pueden garantizar y que, a su vez, pone en riesgo y de manera injustificada la salud mental de los estudiantes.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (8 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la Sentencia del 9 de diciembre de 2021 del Juzgado 3º Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento de Bogotá D. C., que confirmó la Sentencia del 5 de noviembre de 2021 del Juzgado 9º Penal Municipal para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Bogotá D. C., que negó la protección de los derechos invocados por el accionante. En su lugar, DECLARAR LA CARENCIA ACTUAL DE OBJETO por la configuración de un hecho superado, de conformidad con las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta providencia, reconociendo que en el caso estudiado se vulneraron los derechos fundamentales a la educación y la salud mental de SCG y ECG y de los demás estudiantes que se encontraban en su misma situación.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al CUAN ejercer sus potestades de forma razonable y proporcionada. Asimismo, mantener las medidas que permiten la presencialidad de las clases de los estudiantes y garantizar que no vuelvan a ser vulnerados ni a ponerse en riesgo sus derechos fundamentales a la educación y la salud mental. Adicionalmente, ORDENAR a la ECAGAN mantener el ingreso restringido en las zonas de riesgo, según lo establecido en el estudio técnico del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático.
  3. TERCERO. ORDENAR a la ECAGAN y al CUAN que, dentro del término de quince días (15) hábiles contados a partir de la notificación de esta sentencia, acuerden un espacio de concertación, junto con un vocero que actúe en representación de los padres de familia del Colegio, y con el acompañamiento de la Secretaría de Educación del Distrito de Bogotá, para establecer un cronograma para la ejecución de las actuaciones conjuntas que sean necesarias y proporcionales y, de acuerdo con sus competencias, con la finalidad de realizar las obras de mantenimiento y reforzamiento requeridas por el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, lo que incluye la solicitud de los permisos ante las distintas autoridades, entre ellas, el Ministerio de Cultura, que deberá ayudar a tramitar la Administración del Conjunto. El término para la ejecución de las obras no puede superar cuatro (4) meses contados a partir del día en que se establezca el espacio de concertación antes referido.
  4. CUARTO. INVITAR a la Secretaría de Educación del Distrito de Bogotá para que integre el espacio de concertación que acuerden la ECAGAN y el CUAN, para las finalidades señaladas en el resolutivo
  5. tercero. de esta sentencia.
  6. QUINTO. REMITIR copia de esta providencia al Ministerio de Cultura para que conozca la situación de la ECAGAN y, de acuerdo con sus competencias, le preste el acompañamiento necesario al CUAN, declarado bien de interés cultural de carácter nacional, y al Colegio para la realización de los trámites necesarios para la ejecución de las obras requeridas en las instalaciones del establecimiento educativo y que fueron recomendadas por el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático.
  7. SEXTO. ORDENAR a la Secretaría General de esta corporación que suprima de toda publicación del presente fallo, los nombres y los datos que permitan identificar al accionante y a sus hijos. Igualmente, ordenar por Secretaría General a los jueces de tutela competentes que se encarguen de salvaguardar la intimidad de las personas mencionadas, manteniendo la reserva sobre el expediente.
  8. SÉPTIMO. LIBRAR por Secretaría General la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
Partial dissentPaola Andrea Meneses Mosquera
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 52cited by 7 →T-410/22T-531/02 — Derecho Al Debido Proceso. Acceso A La Administracion De Justicia. Via De Hecho. Pago De Mesadas Insolutas. Legitimacion Por Activa. Agencia · cited 465 timesT-531/022002SU.522/19 — Carencia Actual De Objeto Por Acaecimiento De Una Situacion Sobreviniente-Accionante Decidió Voluntariamente Someterse A La Jep · cited 367 timesSU.522/192019T-328/10 · cited 265 timesT-328/102010T-016/06 · cited 253 timesT-016/062006T-299/09 · cited 244 timesT-299/092009T-243/08 · cited 243 timesT-243/082008T-887/09 · cited 233 timesT-887/092009T-1009/06 · cited 210 timesT-1009/062006T-159/24 — Principios Del Derecho A La Salud Y Derecho Al Diagnóstico-Servicio De Transporte, Alojamiento, Alimentación De Pacientes Y Acompañantes. De · cited 12 timesT-159/242024T-341/23 — Acción De Tutela Contra Decisión Judicial En Trámite De Restablecimiento De Derechos (Presunto Abuso Sexual De Menor De Edad)-Vulneración De · cited 5 timesT-341/232023T-513/23 — Principio Del Interés Superior De Los Niños, Niñas Y Adolescentes-Vulneración Del Derecho A La Educación (Adaptabilidad), Vida, Integridad P · cited 4 timesT-513/232023T-345/23 — Disponibilidad Y Accesibilidad En El Derecho A La Educación De Niños, Niñas Y Adolescentes-Deterioro Y Falta De Mantenimiento De La Estructu · cited 4 timesT-345/232023T-457/23 — Derecho A La Educación Y Debido Proceso-Protocolo De Atención Para Situaciones De Presunto Racismo Y Discriminación Étnico Racial. · cited 3 timesT-457/232023T-303/24 — Derechos A La Salud Y La Educación De Niños, Niñas Y Adolescentes-Garantía De Accesibilidad Al Sistema Educativo (Deterioro De La EstructuraT-303/242024T-554/23 — Derecho De Petición, A La Educación Y Continuidad En La Formación Académica-Carencia Actual De Objeto Por Situación Sobreviniente.T-554/232023
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.