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Tutela ruling (T)June 24, 2015

T-381 de 2015

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Myriam Avila Roldán

✓Claimant Gladys Ramirez Rueda Y Otros·Respondent Colpensiones Y Otros

✓
Topic · hard data
Derecho A La Pension De Invalidez.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

6 topics · 6 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Seguridad social, mínimo vital.

Se acumulan expedientes por unidad de materia.

Se atacan las decisiones judiciales y administrativas que negaron el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez reclamada por los actores, argumentando el incumplimiento del requisito establecido en el artículo 1º de la Ley 860 de 2003, según el cual los peticionarios debían haber aportado al sistema por lo menos 50 semanas cotización dentro de los 3 años anteriores a la fecha de estructuración de su invalidez.

La negativa se dio sin tener en cuenta la delicada situación enfrentada por cada uno de los accionantes, las cuales se relacionan con desplazamiento, indigencia, VIH-SIDA y cáncer.

Se reiteran los siguientes aspectos tratados en la jurisprudencia de la Corporación: 1º.

La procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales, enfatizando la causal específica relativa al desconocimiento del precedente constitucional. 2º.

La procedencia excepcional de la acción de tutela para el reconocimiento de la pensión de invalidez y, 3º.

Las reglas respecto al reconocimiento del derecho a la pensión de invalidez en casos de enfermedades crónicas, degenerativas o congénitas, en donde debe determinarse la fecha real o material de estructuración de la pérdida de capacidad laboral.

En los tres casos estudiados se CONCEDE el amparo solicitado.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (9 points)
  1. Primero. REVOCAR la decision del veintidos (22) de junio de dos mil doce (2012) proferida por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia que declaro la nulidad de toda la actuacion y declaro que no se admitia el tramite de la accion de tutela, y el fallo del diecisiete (17) de mayo de dos mil doce (2012) proferido por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia que nego el amparo de los derechos fundamentales del senor Diego Fernando Escobar Perez dentro del proceso T-4.786.280. En su lugar, la Corte resuelve AMPARAR los derechos fundamentales a la seguridad social y al minimo vital del accionante.
  2. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS el fallo del veinticinco (25) de octubre de dos mil once (2011) proferido por la Corte Suprema de Justicia -Sala de Casacion Laboral-, que resolvio el recurso extraordinario de casacion interpuesto por la sociedad BBVA Horizontes y Cesantias contra la sentencia del 12 de septiembre de 2008 del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali -Sala Laboral de Descongestion-.
  3. Tercero. ORDENAR a la sociedad BBVA Horizontes Pensiones y Cesantias, actualmente Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantias Porvenir S.A., que reconozca y pague la pension de invalidez al senor Diego Fernando Escobar Perez, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia.
  4. Cuarto. REVOCAR la sentencia del seis (6) de octubre de dos mil catorce (2014) proferida por el Tribunal Administrativo de Antioquia que confirmo en segunda instancia el fallo del veintiuno (21) de agosto de dos mil catorce (2014) proferido por el Juzgado
  5. Sexto. (6o) Administrativo del Circuito de Medellin que nego el amparo de los derechos fundamentales de Luz Omaira Ramirez Rueda dentro del proceso T-4.780.288, y en su lugar, AMPARAR los derechos fundamentales a la seguridad social y al minimo vital de la accionante.
  6. Quinto. ORDENAR a Colpensiones que reconozca y pague la pension de invalidez solicitada por la senora Luz Omaira Ramirez Rueda, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia.
  7. Sexto. REVOCAR la sentencia del once (11) de noviembre de dos mil catorce (2014) proferida por el Juzgado 31 Penal del Circuito de Conocimiento de Bogota que nego el amparo tutelar de los derechos fundamentales de la senora Flor Marina Hernandez Gonzalez dentro del proceso de tutela radicado T-4.793.721, y, en su lugar, AMPARAR los derechos fundamentales a la seguridad social y al minimo vital de la accionante.
  8. Septimo. ORDENAR a Colpensiones, que reconozca y pague la pension de invalidez a la senora Flor Marina Hernandez Gonzalez, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta sentencia.
  9. Octavo. Por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.