T-496 de 2017
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Linares Cantillo
✓Claimant Ivan Felipe Hincapie Florez·Respondent Fondo De Pensiones Y Cesantias Proteccion S.A.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia general
- Fundamento constitucional y legal
- Improcedencia por no cumplir requisitos y no acreditarse estar en el supuesto de una enfermedad crónica, congénita y degenerativa
- Fecha de estructuración de la invalidez desde el momento de la pérdida permanente y definitiva de la capacidad laboral
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El Fondo de Pensiones y Cesantías Protección le negó al actor el reconocimiento de la pensión de invalidez que reclamó, por no acreditar 50 semanas de cotización dentro de los tres años anteriores a la fecha de estructuración de la enfermedad.
Así mismo, porque las patologías presentadas tuvieron su origen en un accidente de tránsito ocurrido en una fecha cierta.
Se reiteran las reglas jurisprudenciales relativas al marco constitucional y legal de la pensión de invalidez y, la posibilidad de computar semanas cotizadas después de la fecha de estructuración de la pérdida de capacidad laboral en el caso de enfermedades congénitas, crónicas y degenerativas.
Se DENIEGA el amparo constitucional invocado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Diecisiete Civil Municipal en Oralidad de Medellin, el ocho (8) de noviembre de dos mil dieciseis (2016), por medio de la cual se declaro improcedente el amparo solicitado por Ivan Felipe Hincapie Florez y, en su lugar, con sustento en las razones expuestas en esta providencia, negar la proteccion de sus derechos fundamentales a la igualdad, el minimo vital y la seguridad social.
- Segundo. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.