T-377 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alvaro Tafur Galvis
✓Claimant Esperanza Palacios Vs. Coomeva
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por no cumplir con los criterios jurisprudenciales para que se ordene suministro de medicamentos no incluidos en el POS
- Fundamental por conexidad con la vida digna
- Hipótesis fáctica que la determina
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la vida y la salud de afiliada que padece cardiomegalia grado i con riesgo vascular a quien le estaba siendo tratada con medicamento no pos pero al cambiar de eps la nueva entidad se niega a suministrarle el medicamento no pos formulado por su medico tratante.
Solicita se ordene el suministro del medicamento formulado.
El derecho a la salud y la conexidad con el derecho a la vida en condiciones dignas dentro de un estado social de derecho.
Exclusión de ciertos tratamientos medicamentos y suministros de elementos medicos dentro de la cobertura del plan obligatorio de salud.
Coomeva esta en la obligación de asumir la continuidad del servicio de salud que requiere la actora y en esta medida debe autorizar la prestación del mismo de acuerdo con las prescripciones que al efectio indiquen los médicos que sean necesarios para tratar la enfermedad cardiaca que padece y garantizar su derecho a la vida.
Negada
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. CONFIRMAR por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, el fallo proferido por el Juzgado
- Octavo. Civil Municipal de Pereira el 28 de octubre de 2004 dentro de la acción de tutela instaurada por Esperanza Palacios contra COOMEVA EPS.
- Segundo. ADVERTIR a COOMEVA EPS que, debe continuar suministrando la atención en salud que la actora requiera, de acuerdo con lo indicado por los médicos tratantes adscritos a esa entidad (v.gr. consultas médicas, exámenes, procedimientos quirúrgicos, hospitalización, suministro de medicamentos, etc), como quiera que en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, las entidades promotoras son las llamadas a brindar a los afiliados dichas prestaciones.
- Tercero. Por Secretaría, librar la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.