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Tutela ruling (T)June 5, 2014

T-344 de 2014

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva

✓Claimant Alfonso Rafael Puente Yances·Respondent Municipio De Cienaga De Oro, Cordoba

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Programa De Reestructuracion De Pasivos
  • No es razón para sustraerse del reconocimiento y pago de las mesadas pensionales a favor de extrabajadores en situación de vulnerabilidad
Pension De Vejez Y Derecho Al Minimo Vital
  • Orden a Municipio reconozca y pague de forma transitoria pensión hasta tanto se resuelva en la jurisdicción contencioso administrativa
Principio De Inmediatez En Accion De Tutela
  • Inaplicación cuando violación de derechos persiste en el tiempo
5 topics · 5 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

El actor laboró con la entidad accionada por un lapso de tiempo superior a los veinte años.

Durante todo ese perìodo, el municipio no lo afilió ni realizó aportes al ISS, ni a la Caja de Previsión Social, como tampoco a otra entidad administradora de pensiones.

En el 2010 presentó derecho de petición, solicitando el reconocimiento de la pensión de jubilación con cargo al presupuesto de la entidad territorial, toda vez que cumplía con los requisitos establecidos en la Ley 33 de 1985.

Frente a dicha petición no hubo respuesta expresa que reconociera o negara el derecho pensional y solo se alegó, estar sometida al proceso de reestructuración de la Ley 550 de 1999 Se analiza la siguiente temática: 1º.

Presupuestos procesales y sustanciales de la acción de tutela frente al reconocimiento de prensiones. 2º.

La flexibilización del principio de inmediatez cuando la vulneración del derecho pensional persiste en el tiempo. 3º.

La imposibilidad de que los acuerdos de reestructuración de pasivos al que se somete una entidad territorial, constituyan una razón valedera para sustraerse del reconocimiento y pago de las mesadas pensionales.

Se CONCEDE, de manera transitoria, la protección de los derechos fundamentales de petición, a la seguridad social, al mínimo vital y a la vida en condiciones dignas que le asisten al actor. <br> <br>

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (8 points)
  1. Primero. MODIFICAR la sentencia proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de Cienaga de Oro - Cordoba, el 22 de agosto de 2013, y confirmada por el Juzgado
  2. Segundo. Civil del Circuito de Cerete - Cordoba, el 23 de octubre de 2013, que resolvieron la accion de tutela interpuesta por Alfonso Rafael Puentes Yances contra el municipio de Cienaga de Oro - Cordoba. En su lugar CONCEDER, la proteccion transitoria de los derechos fundamentales de peticion, a la seguridad social, al minimo vital y a la vida en condiciones dignas que le asisten al actor.
  3. Segundo. ORDENAR al Alcalde Municipal de Cienaga de Oro - Cordoba, o a quien haga sus veces, que si no lo hubiese hecho, en el maximo termino de 30 dias siguientes a la notificacion de esta sentencia, proceda a responder de fondo mediante acto administrativo el derecho de peticion que el accionante radico el 26 de febrero de 2010, para lo cual debera previamente consultar y reunir con las entidades pertinentes, los datos que corresponden a la historia laboral del actor y con ello definir la solicitud de reconocimiento del derecho pensional que este reclama.
  4. Tercero. ORDENAR al Alcalde Municipal de Cienaga de Oro - Cordoba, o a quien haga sus veces, que si no lo hubiese hecho, reconozca y pague de forma transitoria una pension de jubilacion a favor del accionante Alfonso Rafael Puente Yances, en la cuantia equivalente a un salario minimo legal mensual vigente, amparo que tendra vigencia hasta tanto se resuelva positivamente el derecho de peticion por parte de la Administracion.
  5. En caso de que la respuesta administrativa sea desfavorable al accionante, el amparo transitorio continuara vigente hasta que se resuelvan los recursos de la via gubernativa, y si aun persiste la negativa al reconocimiento del derecho pensional y el actor lo estima prudente, este contara con el termino de 4 meses siguientes para presentar la correspondiente demanda contencioso administrativa, con miras a que se le reconozca el tiempo trabajado en el municipio y el derecho pensional. Si presenta tal demanda en tiempo, el amparo transitorio persistira hasta que su situacion sea definida por el juez natural; y si no llegare a presentar la demanda en el tiempo senalado, la proteccion constitucional cesara en cuanto al pago transitorio de la pension de jubilacion ordenada a su favor.
  6. Cuarto. REMITIR copias autenticas de la presente providencia al Personero Municipal de Cienaga de Oro - Cordoba, para que brinde acompanamiento y colaboracion al accionante, con el fin de lograr el total cumplimiento de las ordenes impartidas en este proveido.
  7. Quinto. ORDENAR que por Secretaria General de la Corte se remita el expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Cienaga de Oro - Cordoba, quien se encargara de vigilar el cumplimiento de la sentencia.
  8. Sexto. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 28cited by 5 →T-344/14T-225/93 — Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada. · cited 1,353 timesT-225/931993T-1316/01 — Derecho A La Igualdad. Solicitud Incremento De Mesadas Pensionales. Tutela Como Mecanismo Transitorio. Perjuicio Irremediable Y Sujetos De E · cited 672 timesT-1316/012001SU.544/01 — Debido Proceso. Derecho Al Trabajo. Periodo Del Registrador. El Derecho Al Reconocimiento No Forma Parte Del Nucleo Esencial Del Derecho Fun · cited 505 timesSU.544/012001SU.975/03 — Derecho A La Igualdad. Nivelacion O Reajuste Pensional Para Exmagistrados En Cuantia Equivalente A La De Congresistas. Concedida Parcial. · cited 354 timesSU.975/032003T-983/01 — Derecho Al Debido Proceso E Igualdad. Desvinculacion Del Cargo Ocupado Como Magistrado De La Sala Disciplinaria. Concurso De Meritos. Existe · cited 275 timesT-983/012001T-235/10 · cited 184 timesT-235/102010C-483/08 — Rechazo De Accion De Tutela Por Vencimiento De Plazo En Silencio-Limitación Razonable Del Derecho De Acceso A La Justicia · cited 107 timesC-483/082008T-721/12 · cited 95 timesT-721/122012T-399/16 — Inoponibilidad De La Mora Del Empleador En El Pago De Aportes Para Pension De Vejez. · cited 17 timesT-399/162016T-190/15 — Principio De La Condicion Mas Beneficiosa En Materia Pensional. · cited 15 timesT-190/152015T-080/16 — Procedencia De La Accion De Tutela Para El Reconocimiento De Prestaciones Sociales. La Pension De Invalidez Y Los Requisitos Para Acceder A · cited 13 timesT-080/162016T-691/16 — Pension De Invalidez. Se Deben Tener En Cuenta Las Semanas Cotizadas Con Posterioridad A La Fecha De Estructuración De La Invalidez. · cited 6 timesT-691/162016T-446/17 — Incapacidad Laboral Superior A 540 Dias. Marco Normativo Y Jurisprudencial. · cited 2 timesT-446/172017
constitutional review unification tutela

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