T-325 de 2011
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Zenaida Edith Sanchez Rodriguez Y Otros·Respondent Fundacion Gilberto Alzate Avendaño
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Caso en que no se prohibió la distribución de Revista, sino que se exigió el cumplimiento de requisitos para su publicación y distribución
- No fue vulnerado por cuanto los documentos solicitados por los demandantes fueron entregados vía correo electrónico
- Por tratarse de un asunto que supuestamente compromete la garantía de derechos fundamentales y por no existir otro medio de defensa judicial
- Sólo puede considerarse como tal cuando se verifica el contenido
- Caso en que no se presenta vulneración a los demandantes, por cuanto la revista a la que aluden que se publicó con anterioridad, sí cumplió con los requisitos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Igualdad, libertad de expresión, libertad de información, libre desarrollo de la personalidad.
La Fundación Gilberto Alzate Avendaño abrió la convocatoria denominada “Publicación periódica sobre artes plásticas y visuales” en el primer semestre de 2009.
La Unión Temporal Mantaraya -UTM- conformada por los accionantes , ganó la convocatoria y la misma se hizo efectiva a través de una resolución.
Según las reglas del contrato, los ganadores debían elaborar tres números de una revista en un lapso de once meses.
Para los peticionarios la entidad demandada vulneró sus derechos fundamentales, al haber presuntamente censurado la publicación del primer número de la revista, al exigirles retirar de circulación los ejemplares de la revista para incluirles una fe de erratas.
Consideran que la anterior decisión se tomó por el contenido de un artículo de la publicación, en el cual se presentaba a juicio de la opinión pública, algunas actuaciones de una dependencia adscrita a la Fundación Gilberto Alzate Avendaño.
Para la Sala, no se halla configurada violación alguna al derecho de la libre expresión, ni un acto de censura.
En ese orden de ideas tampoco se vislumbra un trato cruel e inhumano, ni una violación al libre desarrollo de la personalidad.
NEGADA
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida el 11 de noviembre de 2010 por el Juzgado
- Octavo. Penal del Circuito de Bogota que confirmo el fallo de primera instancia del Juzgado Veinte Penal Municipal de Bogota proferido el 22 de septiembre de 2010 y que tutelo el derecho fundamental de peticion de los accionantes.
- SEGUNDO. En su lugar, NEGAR el amparo del derecho fundamental de peticion concedido en sentencia proferida por el Juzgado Veinte Penal Municipal de Bogota el 22 de septiembre de 2010, confirmada por el Juzgado
- Octavo. Penal del Circuito de Bogota el 11 de noviembre de 2010, por las razones manifestadas en la parte motiva de esta providencia
- TERCERO. REVOCAR la Sentencia del 11 de noviembre de 2010, proferida por el Juzgado
- Octavo. Penal del Circuito de Bogota, en cuanto declaro improcedente la accion de tutela impetrada por Zenaida Edith Sanchez Rodriguez y otros contra la Fundacion Gilberto Alzate Avendano y, en su lugar, NEGAR el amparo de los derechos fundamentales invocados.
- LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.