T-318 de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Claimant Carlos Julio Rios Cortes·Respondent Colpensiones Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden a Colpensiones reconocer y pagar pensión de invalidez por cumplir con requisitos
- Se deben contabilizar semanas cotizadas con posterioridad a la fecha de estructuración de invalidez para cumplir con el requisito de las 50 semanas
- Fecha de estructuración de la invalidez desde el momento de la pérdida permanente y definitiva de la capacidad laboral
- Procedencia excepcional cuando el amparo lo solicita un sujeto de especial protección constitucional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se aduce que Colpensiones vulneró derechos fundamentales del actor, al negarle el reconocimiento y pago de la pensión que solicitó, bajo el supuesto incumplimiento del requisito relacionado con el número mínimo de semanas cotizadas con anterioridad a la fecha de estructuración de la invalidez.
Se reitera doctrina constitucional relacionada con: 1º.
Procedencia excepcional de la acción de tutela en materia de reconocimiento de prestaciones de carácter pensional y, 2º.
El deber de las entidades administradoras de pensiones de considerar, para el estudio de la solicitud de prestación de invalidez, las semanas cotizadas con posterioridad a la fecha de estructuración de pérdida de capacidad laboral, cuando se trata de afiliados que padecen enfermedades degenerativas, crónicas o congénitas.
Se CONCEDE el amparo solicitado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala Civil Especializada en Restitucion de Tierras, el 18 de noviembre de 2015, que confirmo la dictada por el Juzgado
- Noveno. Civil del Circuito de Bogota, el 5 de octubre del mismo ano; y, en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la seguridad social y al minimo vital de Carlos Julio Rios Cortes, por las razones expuestas en esta providencia.
- SEGUNDO. ORDENAR al gerente de la Administradora Colombiana de Pensiones (Colpensiones), o a quien haga sus veces, si aun no ha adoptado ninguna decision al respecto, que, dentro de diez (10) dias habiles, contados a partir de la notificacion de la presente sentencia, DEJE SIN EFECTO las Resoluciones N.282905, 420259 de 2014 y 49643 de 2015 y, en su lugar, expida un acto administrativo reconociendo la pension de invalidez al senor Carlos Julio Rios Cortes, ordenando el pago de la misma a su favor a partir de la fecha en que realizo la ultima cotizacion, esto es, desde el 31 de enero de 2016, conforme con lo previsto en el articulo 39 de la Ley 100 de 1993.
- TERCERO. Librese la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.