T-315 de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Claimant Candelaria Del Socorro Meza Martinez Y Otro·Respondent Tribunal Superior De Cartagena, Sala Civil Especializada En Restitucion De Tierras
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- No son sinónimos
- Protección derechos de los segundos ocupantes, según los Principios Pinheiro
- Función jurisdiccional
- Labor constitucional, según ley 1448 de 2011
- Debe utilizar criterios y herramientas del orden interno e internacional para establecer el estándar probatorio de buena fe o buena fe exenta de culpa exigible a segundos ocupantes al considerar la petición respectiva
- Aplicación de los Principios Pinheiro
- Procedencia por defecto sustantivo por interpretación irrazonable y por inadvertencia de la norma a aplicar, esto es artículo 102 de la ley 1448/11 respecto a solicitud de segundo ocupante
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Fenómeno social y procesal no contemplado expresamente en la ley 1448 de 2011
- Importancia de generar políticas y soluciones judiciales para garantizar sus derechos constitucionales y la restitución efectiva
- Configuración
- Naturaleza
- Etapas administrativa y judicial
- Hipótesis en las cuales puede incurrir la autoridad judicial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Los actores consideran que la autoridad judicial demandada vulneró sus derechos fundamentales, al proferir un auto a través de cual desestimó su solicitud de reconocimiento como segundos ocupantes y la encauzó por la vía de una oposición previamente analizada y rechazada dentro del proceso de restitución de tierras que los involucraba.
Alegan un defecto sustantivo, entre otras consideraciones, por realizar una interpretación restrictiva del artículo 102 de la Ley 1448 de 2011 y no emplear las amplias facultades que ésta norma otorga a los jueces de tierras, en el sentido de introducir modificaciones a las órdenes impartidas en la sentencia, cuando ello fuere necesario.
Se aborda temática relacionada con: 1º.
La procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales. 2º.
La labor constitucional de los jueces de restitución en el caso colombiano, de conformidad con la Ley 1448 de 2011. 3º.
Los segundos ocupantes como fenómeno social y procesal no contemplado expresamente en la precitada norma y, la importancia de generar políticas y soluciones judiciales para garantizar sus derechos constitucionales y la restitución efectiva.
Se CONCEDE el amparo solicitado en cuanto a la petición formulada por la señora Candelaria del Socorro Meza Martínez y se declara la improcedencia de la acción de tutela, en relación con el otro accionante, por la ausencia de legitimación por activa.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. REVOCAR la decision de segunda instancia adoptada por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia el 18 de noviembre de 2016, que, a su vez, confirmo la sentencia proferida en primera instancia por la Sala de Casacion Civil de la misma Corporacion el 31 de agosto de 2015, dentro de la accion de tutela promovida por Candelaria del Socorro Meza Martinez y Carmelo de Jesus Gonzalez de la Rosa contra la Sala Civil Especializada en Restitucion de Tierras del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena; y en su lugar, AMPARAR los derechos fundamentales de la senora Candelaria del Socorro Meza Martinez, con fundamento en los argumentos de la parte motiva de esta sentencia, e igualmente, declarar IMPROCEDENTE la accion constitucional en relacion con el senor Carmelo de Jesus Gonzalez de la Rosa ante la ausencia de legitimacion por activa.
- SEGUNDO. ORDENAR al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena que, dentro de los 5 dias siguientes a la notificacion de esta sentencia, emita una nueva decision frente a la calidad de
- segundo. ocupante de la senora Candelaria del Socorro Meza Martinez, considerando lo manifestado en el capitulo IV de esta providencia (numeral 4.3.3. en adelante) sobre las facultades del juez de restitucion, asi como lo descrito en el numeral 5.5.1.123 ibidem sobre la caracterizacion de los segundos ocupantes sujetos de proteccion y finalmente, lo desarrollado en el numeral 5.4.5.124 ibidem en relacion con los estandares probatorios exigibles a dichos sujetos para que, de serle reconocida tal calidad [la de
- segundo. ocupante], se ordenen las medidas de atencion respectivas dispuestas por el Acuerdo 021 de 2015 o por la normatividad que haga sus veces para el caso concreto.
- TERCERO. ORDENAR que, por Secretaria General, se libren las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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