T-298 de 2013
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Martha Yulieth Gutierrez Cuellar·Respondent Cafesalud E.P.S.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Fundamental como parte de la salud
- Orden a EPS realice valoración integral por grupo interdisciplinario de médicos especialistas para determinar tratamiento a menor con epilepsia crónica
- Protección constitucional
- Fundamental autónomo
- Juez solo puede ordenar lo indicado por el médico tratante
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
A través de la figura de la agencia oficiosa se demanda a la E.P.S.
CAFESALUD, por no brindarle a una menor de trece años de edad con epilepsia crónica, un tratamiento oral, una operación de los pies y la atención integral en un instituto especial donde le ayuden a desarrollar la motricidad cognitiva y el lenguaje.
La entidad accionada adujo haber prestado a la menor representada todos los servicios ordenados por sus profesionales de la salud y aclaró que la asistencia solicitada en la acción de tutela no fue ordenada por el médico tratante.
La Sala de Revisión concluye que no procede el amparo de tutela respecto de la solicitud de ordenar la autorización de los servicios de salud pretendidos por la accionante, por cuanto no fueron prescritos por un profesional de la salud.
No obstante, considera que sí procede en relación con la omisión de la entidad demandada de valorar el estado de salud de la menor agenciada, pese a tener el conocimiento de su complicado estado de salud y las reiteradas peticiones de su progenitora.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia del Juzgado
- Séptimo. Municipal de Neiva del veintidós (22) de octubre de dos mil doce (2012); y, en su lugar TUTELAR el derecho fundamental a la salud de la menor Martha Yulieth Gutiérrez.
- SEGUNDO. ORDENAR a Cafesalud EPS realizarle a la menor, en el término perentorio de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de la presente sentencia, una valoración completa de su estado de salud por un grupo interdisciplinario de médicos especialistas.
- Líbrese, por Secretaría General, la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.