T-266 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Araujo Rentería
✓Claimant Rosario Avendaño Y Otras Vs. Universidad Del Atlántico Y Otra
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Universidad del Atlántico hizo descuentos por nómina pero no los entregó a Banco Popular
- Garantías mínimas
- Universidad del Atlántico hizo descuentos por nómina pero no los entregó a Banco Popular
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al debido proceso al buen nombre la igualdad y a la vivienda digna de pensionadas de la universidad del atlantico deudoras del banco popular a quienes la universidad les ha efectuado por nomina los descuentos correspondientes para el pago de la obligación hipotecaria pero ha omitido su giro a la entidad crediticia por lo que han librado mandamientos de pago en su contra y han sido reportadas a las centrales de riesgo.
Solicitan se ordene a la universidad girar los dineros e intereses correspondientes al banco y se elimine de las centrales de riesgo la información reportada.
Derecho fundamental al debido proceso.
Y su vulneración por la falta de pago de mesadas pensionales.
Derecho al buen nombre y las entidades financieras la relacion contractual bancaria puede originar vulneraciones a derechos fundamentales y no solo de estirpe legal.
El derecho a la informacion no puede ser absoluto y no puede ser utilizado para revelar datos que vulneren la honra y el buen nombre de las personas.
Derecho al habeas data.
La actuacion de la universidad vulnero el derecho al debido proceso y a recibir el pago oportuno de sus mesadas pensionales.
Vulneración del derecho al buen nombre de los demandantes por parte del banco popular.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (10 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida el día trece (13) de octubre de 2004 por la Sala Octava (8º) de Decisión Civil, Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial del Atlántico en la acción de tutela iniciada por las señoras Rosario Avendaño Visbal y Cecilia Galofre de Fontalvo contra la Universidad del Atlántico y el Banco Popular S.A. (expediente T-1012629). En su lugar, CONCEDER el amparo solicitado, en los términos expresados en la parte motiva de esta sentencia.
- En consecuencia, ORDENAR a la Universidad del Atlántico que dentro del término de un (1) mes contado a partir de la notificación de la presente sentencia, gire a favor del Banco Popular S.A., los dineros que previamente descontó de la mesada pensional de la señora Rosario Avendaño Visbal, para cancelar así los montos insolutos del crédito que ésta suscribió con la citada Entidad Financiera.
- Así mismo, ORDENAR al Banco Popular S.A. que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a partir de la notificación de la presente sentencia, requiera a las Centrales de Riesgo para que eliminen de las respectivas bases de datos, la información que reportó de las señoras Rosario Avendaño Visbal (deudora principal) y Cecilia Galofre de Fontalvo (codeudora).
- Segundo. REVOCAR la sentencia proferida el día trece (13) de octubre de 2004 por la Sala Sexta (6º) de Decisión Civil, Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial del Atlántico en la acción de tutela iniciada por la señora Grece del Carmen Prada Barros contra la Universidad del Atlántico y el Banco Popular S.A. (expediente T-1012630). En su lugar, CONCEDER el amparo solicitado, en los términos expresados en la parte motiva de esta sentencia.
- En consecuencia, ORDENAR a la Universidad del Atlántico que dentro del término de un (1) mes contado a partir de la notificación de la presente sentencia, gire a favor del Banco Popular S.A., los dineros que previamente descontó de la mesada pensional de la señora Grece del Carmen Prada Barros, para cancelar así los montos insolutos del crédito que ésta suscribió con la citada Entidad Financiera.
- Así mismo, ORDENAR al Banco Popular S.A. que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a partir de la notificación de la presente sentencia, requiera a las Centrales de Riesgo para que eliminen de las respectivas bases de datos, la información que reportó de la señora Grece del Carmen Prada Barros.
- Tercero. REVOCAR la sentencia proferida el día quince (15) de octubre de 2004 por la Sala Tercera (3º) de Decisión Civil, Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial del Atlántico en la acción de tutela iniciada por el señor Gustavo Rivero Torcedilla contra la Universidad del Atlántico y el Banco Popular S.A. (expediente T-1014837). En su lugar, CONCEDER el amparo solicitado, en los términos expresados en la parte motiva de esta sentencia.
- En consecuencia, ORDENAR a la Universidad del Atlántico que dentro del término de un (1) mes contado a partir de la notificación de la presente sentencia, gire a favor del Banco Popular S.A., los dineros que previamente descontó de la mesada pensional del Gustavo Rivero Torcedilla, para cancelar así los montos insolutos del crédito que éste suscribió con la citada Entidad Financiera.
- Así mismo, ORDENAR al Banco Popular S.A. que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a partir de la notificación de la presente sentencia, requiera a las Centrales de Riesgo para que eliminen de las respectivas bases de datos, la información que reportó del señor Gustavo Rivero Torcedilla.
- Cuarto. LÍBRESE por secretaría la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.