T-204 de 2002
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa
✓Claimant Jesus Efren Banguero Valencia Vs. Junta De Calificacion De Invalidez Accidente Y Muerte Valle Del Cauca
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia para lograr calificación de invalidez
- Honorarios corresponde reconocerlos a la entidad de previsión a que esté afiliado el solicitante
- Solicitud judicial de evaluar pérdida de capacidad laboral y pago de honorarios
- Realización de examen para evaluación y calificación de invalidez
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (7 points)
- Primero. REVOCAR la Sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali el diecinueve (19) de septiembre de 2000, en la que se decidio no tutelar los derechos invocados por el accionante.
- Segundo. CONCEDER la proteccion solicitada al derecho al debido proceso y al derecho a acudir a la justicia. En consecuencia, ORDENAR a la Junta de Calificacion de Invalidez, Accidente y Muerte, Regional del Valle del Cauca, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contados a partir de la notificacion de la presente sentencia, de cumplimiento a los autos del 29 de junio de 2000 y 28 de agosto del mismo ano proferidos por el Juzgado
- Noveno. Laboral del Circuito de Cali, en los que se le ordeno calificar la perdida de la capacidad laboral del accionante Jesus Efren Banguero Valencia.
- Tercero. ADVERTIR a la Junta Regional de Calificacion de Invalidez, Accidente y Muerte del Valle del Cauca que, de acuerdo con el articulo 52 del Decreto 2591 de 1991: "La persona que incumpliere una orden de un juez proferida con base en el presente Decreto incurrira en desacato sancionable con arresto hasta de seis meses y multa hasta de 20 salarios minimos mensuales, salvo que en este decreto ya se hubiere senalado una consecuencia juridica distinta y sin perjuicio de las sanciones penales a que hubiere lugar. La sancion sera impuesta por el mismo juez mediante tramite incidental y sera consultada al superior jerarquico quien decidira dentro de los tres dias siguientes si debe revocarse la sancion".
- Cuarto. INFORMAR a la Junta Regional de Calificacion de Invalidez, Accidente y Muerte del Valle del Cauca que puede adelantar las acciones pertinentes para obtener el pago de los honorarios a los que hace referencia el articulo 42 de la Ley 100 de 1993, una vez se establezcan los derechos y las obligaciones a cargo de Jesus Efren Banguero Valencia y del Benemerito Cuerpo de Bomberos Voluntarios de Cali en el proceso que se adelanta ante el Juzgado
- Noveno. Laboral del Circuito de Cali.
- Quinto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.