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Tutela ruling (T)April 3, 2017

T-200 de 2017

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice José Antonio Cepeda Amarís

✓Claimant Edinson Garcia Ceballos Y Otro·Respondent Pensiones Y Cesantias Proteccion S.A. Y Otros

✓
Topic · hard data
Incapacidades Laborales. Clasificacion Y Obligacion De Pago.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Incapacidad Laboral Superior A 540 Dias
  • Marco normativo y jurisprudencial
  • Las personas que reclaman el pago de las incapacidades superiores a los 540 días son aquellas que han intentado reintegrarse a la vida laboral, a pesar de la disminución de su fuerza de trabajo
Reconocimiento Y Pago De Incapacidades Laborales
  • Criterios para determinar cuándo el reconocimiento y pago son exigibles por tutela
Pago De Incapacidad Laboral
  • Sustituye al salario como fuente de ingreso de trabajador
Derecho Al Pago De Incapacidad Laboral
  • Orden a EPS realizar el pago de las incapacidades, si no expidió concepto favorable de rehabilitación ni lo tramitó en los términos de ley al Fondo de Pensiones
Incapacidad Laboral
  • Entidades ante las cuales se deben reclamar las incapacidades
Incapacidad Laboral Por Enfermedad Comun
  • Si la incapacidad es igual o menor a tres días será asumida directamente por el empleador
7 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

En varias acciones de tutela formuladas de manera independiente alegan los actores que las empresas empleadores vulneraron sus derechos fundamentales, a raíz de la renuencia de pagar las incapacidades que superaron los 540 días ininterrumpidos.

Se reitera jurisprudencia relacionada con: 1º.

El pago recibido por las incapacidades laborales como sustituto del salario y 2º.

El régimen de incapacidades laborales.

Clasificación y obligación de pago.

Se CONCEDEN.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (12 points)
  1. PRIMERO. Revocar en el expediente T-5.802.594 el fallo emitido el 13 de junio de 2016 por el Juzgado 23 Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Cali - Valle del Cauca, que confirmó en segunda instancia el fallo del 18 de abril de 2016 del Juzgado 22 Penal Municipal de Cali con Funciones de Conocimiento. En su lugar, la Sala ordena tutelar los derechos al mínimo vital, a la vida y a la salud del ciudadano Edinson García Ceballos.
  2. SEGUNDO. Ordenar a la EPS Servicio Occidental de Salud - SOS S.A., que de no haber emitido el concepto de rehabilitación del que habla el artículo 142 del Decreto Ley 19 de 2012, pague las incapacidades emitidas desde el 1º de enero de 2016, hasta que se cumplan los 540 días de incapacidades ininterrumpidas.
  3. TERCERO. Ordenar a la EPS Servicio Occidental de Salud - SOS S.A., que realice el pago de las incapacidades emitidas en favor del señor García Ceballos, desde el día 541 hasta que cese la emisión de incapacidades en favor del señor Edinson García Ceballos por haberse comprobado su rehabilitación satisfactoria y reincorporación laboral.
  4. CUARTO. Instar al señor Edinson García Ceballos, para que, de considerarlo pertinente, solicite una nueva calificación de pérdida de capacidad laboral con ocasión de su diagnóstico de artrosis secundaria múltiple.
  5. QUINTO. Confirmar en el expediente T-5.835.520 el fallo del Juzgado
  6. Segundo. Promiscuo de Familia de Zipaquirá emitido el 5 de julio de 2016, que confirmó en segunda instancia la sentencia del 25 de mayo de 2016 proferida por el Juzgado
  7. Segundo. Civil Municipal de Zipaquirá, en el entendido de que debe pagar las incapacidades generadas en favor del señor Martínez García entre el 05 de febrero de 2016 y el 20 de febrero de 2016.
  8. SEXTO. Ordenar al Fondo de Pensiones y Cesantías Provenir S.A, que de no haberlo hecho, pague la incapacidad emitida el 5 de febrero de 2016 hasta que cumpla 360 días adicionales a los primeros 180 que pagó la EPS.
  9. Para el cumplimiento de esta orden, el Fondo de Pensiones y Cesantías Provenir S.A., cuenta con un término máximo de 48 horas, contadas a partir de la notificación de este fallo.
  10. SÉPTIMO. Ordenar a la EPS Cafesalud que realice el pago de las incapacidades emitidas a partir del 21 de febrero de 2016, hasta que cese la emisión de incapacidades en favor del actor por verificarse su rehabilitación y posibilidad de reincorporación a la vida laboral.
  11. Para el cumplimiento de esta orden, la EPS Cafesalud, cuenta con un término máximo de 48 horas, contadas a partir de la notificación de este fallo.
  12. OCTAVO. Por Secretaría General, líbrense las comunicaciones previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 24cited by 26 →T-200/17T-384/98 — Der. Al Minimo Vital. Controversias Entre Entidad De Riesgos Profesionales Y Empresa Para El Cubrimiento De Pension De Sobrevivientes. Conce · cited 404 timesT-384/981998T-100/94 — Der. A La Igualdad. Der. Al Trabajo. No Permiten Dejar Trabajar En Colegio A Docente Ciego. Concedida Parcialmente. · cited 315 timesT-100/941994T-299/09 · cited 244 timesT-299/092009T-351/97 — Der. A La Vida Y Dignidad Humana. Tercera Edad. No Entrega De Dineros De Venta De Propiedad Por Parte De La Diocesis De Cucuta. Concedida. · cited 220 timesT-351/971997T-311/96 — No Pago De Incapacidades Medicas. Derecho A La Subsistencia. Prevalencia Delo Derecho Sustancial. Concedida. · cited 206 timesT-311/961996T-721/12 · cited 95 timesT-721/122012T-920/09 · cited 86 timesT-920/092009T-789/05 · cited 68 timesT-789/052005T-020/21 — Derecho A La Estabilidad Laboral Reforzada De Persona En Estado De Debilidad Manifiesta Por Razones De Salud · cited 88 timesT-020/212021T-401/17 — Incapacidad Laboral Superior A 540 Dias. Marco Normativo. · cited 66 timesT-401/172017T-017/21 — Vulneracion Del Derecho Fundamental A La Salud Por Desconocimiento De Los Principios De Acceso Efectivo Y Continuidad Por Cuanto Eps Conside · cited 50 timesT-017/212021T-020/18 — Legitimacion De Un Tercero Para Reclamar El Pago De Incapacidades A Nombre De Persona Con Limitaciones Para Manifestar Su Voluntad. · cited 36 timesT-020/182018T-064/23 — Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Actuación Penal (Violencia Intrafamiliar Psicológica Y Digital)-Deber De Aplicar Perspect · cited 18 timesT-064/232023T-693/17 — Incapacidades Laborales Superiores A 540 Dias. Marco Normativo. · cited 15 timesT-693/172017T-161/19 — Derecho Al Pago De Incapacidad Laboral Superior A 180 Dias. · cited 13 timesT-161/192019T-526/19 — Licencia De Maternidad Y Pago De Incapacidades. Allanamiento A La Mora En Las Cotizaciones · cited 12 timesT-526/192019
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.