JurídicoESEN
Tutela ruling (T)April 1, 2014

T-199 de 2014

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alberto Rojas Ríos

✓Claimant Noralva Daza Valdez·Respondent Emcali Eice E.S.P.

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Accion De Tutela Para Solicitar Proteccion Del Derecho Al Agua
  • Reconexión de servicio público de acueducto
  • Procedencia excepcional
Derecho Al Agua Potable
  • Toda persona tiene derecho fundamental prima facie a disponer y acceder a cantidades suficientes, y de calidad, de agua apta para el consumo humano
Derecho Al Consumo De Agua Potable
  • Advertir a Empresas Municipales de Cali que bajo ninguna circunstancia podrá suspender completamente el suministro de agua potable a la accionante y a los sujetos con los que convive
  • Orden a Empresas Municipales de Cali reconectar el servicio público domiciliario de acueducto, en caso que no sea posible la reinstalación del servicio podrá hacer uso de cualquier sistema tecnológico que garantice el ab
  • Orden Empresas Municipales de Cali llegar a un nuevo acuerdo de pago con la accionante, estipulando plazos acordes con la situación económica de la actora
Empresas De Servicios Publicos
  • Usuario del servicio tiene la carga de probar la ocurrencia de condiciones establecidas para evitar la suspensión del servicio por incumplimiento del pago
Interes Superior De Los Sujetos De Especial Proteccion Constitucional En Especial De Los Niños Respecto Al Acceso De Los Servicios Publicos Esenciales
  • Vulneración por suspender completamente servicio de agua potable cuando el inmueble es habitado por niño
5 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

En este caso se aduce que las Empresas Municipales de Cali E.I.C.E., Vulneraron derechos fundamentales de siete personas que habitan un inmueble ubicado en el Barrio Siloé de dicha ciudad, al suspender el servicio de agua por más de dos años y negarse a realizar la reconexión, sin tener en cuenta que dentro de los afectados se encontraban cinco personas consideradas sujetos de especial protección constitucional, en su condición de adultos mayores, discapacitados y menores de edad.

La Sala se pronuncia sobre los siguientes temas: 1º.

Procedencia de la acción de tutela para la protección del derecho al agua. 2º.

El derecho fundamental al agua potable y la posibilidad de disponer y acceder a cantidades mínimas del líquido para el consumo humano. 3º.

El interés superior de los sujetos de especial protección constitucional y, en particular, el de los niños, respecto del acceso de los servicios públicos esenciales y, 4º.

La carga de la prueba en cabeza de los usuarios del servicio público y las presunciones a favor de quienes están clasificados en el nivel uno del SISBEN, donde hay sujetos de especial protección constitucional.

Se TUTELA el derecho al consumo de agua potable y se ordena la reconexión del servicio público de acueducto en el inmueble donde reside la actora.

Se precisa que, en caso de no ser posible la reinstalación, la empresa puede hacer uso de cualquier sistema tecnológico que garantice el abastecimiento de 50 litros de agua diario por persona.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR el fallo proferido el dieciseis (16) de agosto de dos mil trece (2013) por el Juzgado Trece Civil del Circuito de Cali y en su lugar, TUTELAR el derecho fundamental al consumo de agua potable de Noralva Daza Valdez, por los motivos expuestos en esta sentencia.
  2. SEGUNDO. ORDENAR al representante legal de Empresas Municipales de Cali -EMCALI- E.I.C.E. E.S.P-, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia, reconecte el servicio publico domiciliario de acueducto en el inmueble en el que reside la senora Noralva Daza Valdez, ubicado en la carrera 50 oeste 3-13, Barrio Siloe de la ciudad de Cali. En caso que no sea posible la reinstalacion del servicio podra hacer uso de cualquier sistema tecnologico que garantice el abastecimiento de 50 litros de agua diarios por persona, como por ejemplo, el uso de un carro tanque para la distribucion del liquido o por medio de la adecuacion de un sistema individual de almacenamiento en el inmueble afectado.
  3. TERCERO. ORDENAR al representante legal de Empresas Municipales de Cali -EMCALI- E.I.C.E. E.S.P-, que en el termino de cinco (5) dias siguientes a la notificacion de esta sentencia, adelante los tramites necesarios para llegar a un nuevo acuerdo de pago con la senora Noralva Daza Valdez. En dicho acuerdo se estipularan plazos acordes con la situacion economica de la actora, de manera que no se afecte su minimo vital, ni el de las personas con las que convive y se tenga en cuenta su capacidad de pago actual.
  4. En caso de que la accionante manifieste y pruebe que efectivamente no cuenta con los recursos economicos para sufragar la deuda adquirida en el nuevo acuerdo, Empresas Municipales de Cali -EMCALI- E.I.C.E. E.S.P- debera proceder a suministrar 50 litros de agua por persona al dia, en el inmueble que habita la actora, ya sea mediante la instalacion de reductor de flujo, un carro tanque o la adecuacion de un sistema individual de almacenamiento.
  5. CUARTO. ADVERTIR a Empresas Municipales de Cali -EMCALI- E.I.C.E. E.S.P-, que bajo ninguna circunstancia podra suspender completamente el suministro de agua potable a la accionante y a los sujetos con los que convive, de acuerdo con las consideraciones expuestas en la presente sentencia, aun en los casos de incumplimiento en el pago de sus servicios publicos.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
ConcurrenceLuis Ernesto Vargas Silva
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 19cited by 8 →T-199/14T-406/92 — Derecho A La Salubridad Publica. Derecho Al Servicio De Alcantarillado. Estado Social De Derecho. Concedida · cited 563 timesT-406/921992T-158/06 · cited 559 timesT-158/062006T-881/02 — Derechos A La Dignidad Humana Salud Y Vida De Reclusos. Autonomia Individual. Suministro Servicio Publico De Energia. Corte Suspension O Rac · cited 495 timesT-881/022002T-207/95 — Ders. Prestacionales. Der. A La Salud. Estancamiento De Aguas Negras. Alcantarillado. Negligencia Adtiva. Concedida. · cited 202 timesT-207/951995T-792/07 · cited 192 timesT-792/072007C-150/03 — Ley 142 De 1994. Arts. 2 3 6 9 11 14 16 (P.) 18 (P.) 20 (P.) 21 23 (P.) 34 35 (P.) 36 37 (P.) 39 40 44 45 (P.) 48 (P.) 52 (P.) 66 (P.) 67 68 · cited 139 timesC-150/032003T-584/11 · cited 133 timesT-584/112011T-578/92 — Servicios Publicos Domiciliarios. Derecho A La Salubridad Publica. Derecho Al Servicio De Alcantarillado. Negada. · cited 117 timesT-578/921992T-361/17 — Derecho De Participación En Materia Ambiental, En El Marco De La Expedición De La Resolución Que Delimitó Páramo De Santurban · cited 115 timesT-361/172017T-100/17 — Derecho Fundamental Al Agua Potable. Suministro Provisional A Traves De Pilas Publicas De Agua, Carro Tanques O Cualquier Otro Medio Idoneo, · cited 76 timesT-100/172017T-760/15 — Derecho Al Agua Potable. Proteccion A Sujetos De Especial Proteccion Constitucional. · cited 19 timesT-760/152015T-374/18 — Derecho Al Agua Potable · cited 15 timesT-374/182018T-034/16 — Derecho Al Agua. Limites Constitucionales A La Suspension Por Mora, Cuando Hay Sujetos De Especial Proteccion Constitucional. · cited 12 timesT-034/162016T-476/19 — Derechos Fundamentales Al Agua Potable, A La Salud Y A La Vida Digna · cited 11 timesT-476/192019T-398/18 — Derecho Al Agua Y Suspension Por Mora En El Pago. · cited 8 timesT-398/182018T-064/19 — Accion De Tutela Para Solicitar Agua No Potable. Improcedencia. · cited 2 timesT-064/192019
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.