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Tutela ruling (T)April 7, 2016

T-167 de 2016

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alejandro Linares Cantillo

✓Claimant Guillermo Leon Alvarez Isaza·Respondent Fondo Nacional De Vivienda Y Otros

✓
Topic · hard data
Derecho A La Vivienda Digna Y Habeas Data De Poblacion Desplazada. Vulneracion Por No Incluir Al Accionante En Base De Datos Para Otorgar Subsidio Familiar De Vivienda.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho Al Habeas Data Y Derecho A La Informacion
  • Principios de veracidad e incorporación del dato
Derecho Al Habeas Data
  • Vulneración al no incorporar datos actuales y veraces de información que se traduzca en ventajas jurídicas para el accionante con el fin de que en el cruce de bases de datos, puedan asignar y priorizar el Subsidio Familiar 100% de V
Derecho Fundamental De Peticion De Poblacion Desplazada
  • Vulneración por el Ministerio de Vivienda y el Departamento para la Prosperidad Social al responder la solicitud de forma genérica y abstracta
  • Orden a entidades dar respuesta clara, congruente, de fondo, en la cual detallen los pasos para hacerse beneficiario de un subsidio familiar de vivienda en especie
Derecho De Petición
  • Alcance y contenido
Derecho A La Vivienda Digna
  • Fundamental autónomo
7 topics · 8 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Las conductas que se consideran trasgresoras de derechos fundamentales por parte de las entidades accionadas, son la omisión de dar respuesta clara, congruente y de fondo a la solicitud elevada por el actor referente a su aspiración de ser beneficiario de un subsidio de vivienda para población desplazada y, la de proveerle una solución de vivienda digna que tenga en cuenta su situación de especial protección constitucional, por ser adulto mayor, víctima de violencia sexual, desplazamiento forzado y presentar condiciones graves de salud en virtud de su diagnóstico de VIH.

Se reitera jurisprudencia sobre la procedencia de la acción de tutela para el amparo de los derechos fundamentales de la población desplazada y sobre el derecho a la vivienda digna para este grupo poblacional.

Igualmente, se analiza temática referente al alcance del derecho de petición, el habeas data y el principio de incorporación del dato.

Se CONCEDE la tutela y se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce de los derechos amparados.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (14 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Medellín el seis (6) de agosto de 2015, que confirmó la providencia del Juzgado
  2. Cuarto. Laboral de Medellín, del veintidós (22) de junio de 2015; en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales de petición, habeas data y vivienda digna del señor Guillermo León Álvarez.
  3. SEGUNDO. ORDENAR al Ministerio de Vivienda, al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, a Fonvivienda y al ISVIMED a que en el plazo improrrogable de cuarenta y ocho (48) horas contados a partir de la notificación de la presente providencia, suministren una respuesta clara, oportuna y la comuniquen efectivamente al señor Guillermo León Álvarez, en la cual detallen los pasos que debe seguir para hacerse beneficiario de un subsidio familiar de vivienda en especie y por medio de qué entidades puede hacerlo. Lo anterior, a través de la Personería Municipal de Medellín, para que garantice el acompañamiento y asesoría necesaria para acceder efectivamente a las soluciones de vivienda definitiva para población desplazada.
  4. TERCERO. ORDENAR a la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas (UARIV) que en el plazo de dos (2) días contados a partir de la notificación de la presente providencia, caracterice el hogar del señor Guillermo León Álvarez Isaza.
  5. CUARTO. ORDENAR al Departamento Administrativo para la Prosperidad Social (DPS), que en el plazo de cinco (5) días contados a partir de la notificación de la presente providencia, actualice la información del señor Álvarez en sus bases de datos y, en virtud del principio de eficiencia administrativa, de la información que recolecten a partir de la caracterización ordenada en el anterior acápite, si el accionante cumple con los requisitos establecidos en el Decreto 1921 de 2012-arts. 8 y 9-, sea incluido en bases de datos de programas sociales del SISBEN y en la Red Unidos para la superación de la pobreza; información que deberá remitir en los términos de los artículos 9 y 10 del Decreto en mención, a Fonvivienda.
  6. QUINTO. ORDENAR al Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, a través del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y la UARIV, que dos (2) días después de caracterizar el hogar el señor Guillermo León Álvarez, determine si éste se encuentra en condiciones de auto sostenimiento para proveerse recursos económicos para sufragar el costo de la vivienda temporal. De no estarlo, en un plazo de cuarenta y ocho (48) horas, deberán gestionar, priorizar y entregar al señor Álvarez algunos componentes de la atención humanitaria de transición, tales como, un auxilio de arriendo y asistencia alimentaria. Posteriormente, previa asesoría de la Personería Municipal de Medellín, el actor deberá postularse a los subsidios y, Fonvivienda y el DPS una vez cumplan con su obligación de incluir en las bases de datos la información veraz y actual del accionante, y determinen si cumple con los requisitos para ser priorizado para la asignación del Subsidio Familiar 100% de Vivienda, según los órdenes previstos en el artículo 8 del Decreto 1921 de 2012, asignen un subsidio para una solución de vivienda de carácter definitivo. De esta información, en especial, de lo determinado en la caracterización, deberán informar al juez de primera instancia y a la Personería Municipal de Medellín.
  7. SEXTO. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  8. ALEJANDRO LINARES CANTILLO
  9. Magistrado
  10. GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
  11. Magistrado
  12. GLORIA STELLA ORTIZ DELGADO
  13. Magistrada
  14. MARTHA VICTORIA SÁCHICA MÉNDEZ
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 58cited by 16 →T-167/16T-225/93 — Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada. · cited 1,353 timesT-225/931993SU.544/01 — Debido Proceso. Derecho Al Trabajo. Periodo Del Registrador. El Derecho Al Reconocimiento No Forma Parte Del Nucleo Esencial Del Derecho Fun · cited 505 timesSU.544/012001T-456/04 — Derechos A La Vida Minimo Vital Y Seguridad Social De Hermana Discapacitada. Solicitud Reconocimiento Pension Sustitutiva De Sobreviviente. · cited 342 timesT-456/042004T-211/09 — · cited 268 timesT-211/092009T-307/99 — Der. De Peticion. Habeas Data. Der. A La Igualdad. Inclusion De Datos Del Interesado En El Banco De Datos Del Sisben. Concedida. · cited 259 timesT-307/991999T-585/08 · cited 201 timesT-585/082008C-951/14 — Proyecto De Ley Estatutaria Sobre Derecho Fundamental De Peticion · cited 200 timesC-951/142014T-821/07 · cited 196 timesT-821/072007T-626/16 — Prorroga De La Ayuda Humanitaria A Poblacion Desplazada. · cited 53 timesT-626/162016T-488/18 — Derecho A La Inclusion En El Registro Unico De Victimas. · cited 32 timesT-488/182018T-139/17 — Derecho A La Vivienda Digna Y Los Subsidios Como Mecanismos Validos Para Su Realizacion. · cited 28 timesT-139/172017T-158/17 — Carencia Actual De Objeto Por Hecho Superado. Se Reconocio Pago De Atencion Humanitaria De Emergencia; · cited 26 timesT-158/172017T-142/17 — Entrega Y Prorroga De Ayuda Humanitaria. Reglas Jurisprudenciales. · cited 20 timesT-142/172017T-017/23 — Integralidad Del Derecho A La Salud De Niños, Niñas Y Adolescentes Que Padecen Enfermedades Huérfanas-Reglas Para Acceder A Servicios, Insum · cited 16 timesT-017/232023T-004/18 — Derecho De Peticion Y Entrega De Ayuda Humanitaria A La Poblacion Desplazada · cited 15 timesT-004/182018T-531/17 — Derecho A La Vivienda Digna De Victimas De Desplazamiento. Caso En Que Mujer Victima De Ataque Con Acido Solicita Vivienda. · cited 14 timesT-531/172017
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.