T-157 de 2015
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Luis Carlos Jimenez Ropero·Respondent Unidad Para La Atencion Y Reparacion Integral A Las Victimas
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Requisitos de procedibilidad
- Asignación de turnos de entrega efectiva
- Orden a UARIV proceda a la entrega efectiva y completa de la ayuda humanitaria
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se atribuye a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas la vulneración de derechos fundamentales, por la negativa de prorrogar automáticamente la ayuda de emergencia a la que tiene derecho el actor, por ser víctima del desplazamiento forzado, además persona de la tercera edad y presentar varias afectaciones de salud.
La entidad adujo que haría la correspondiente entrega cuando llegara al turno asignado.
La Sala analiza el tema de la prórroga de la ayuda humanitaria de emergencia y la asignación de turnos de entrega efectiva.
Se concluye que, los derechos del actor al mínimo vital, a la vida digna y a la reparación integral fueron vulnerados por la entidad, al no garantizar la entrega efectiva de las ayudas humanitarias que le corresponden, a pesar de tratarse de un sujeto que, además del desplazamiento, detenta condiciones especiales de vulnerabilidad.
Se CONCEDE.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (11 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, del 30 de julio de 2014, en su lugar, CONFIMAR el fallo proferido por el Juzgado
- Séptimo. Civil del Circuito de Bucaramanga, del 10 de junio de 2014, que amparó los derechos fundamentales al mínimo vital, vida digna y reparación integral del señor Luis Carlos Jiménez Ropero.
- SEGUNDO. ORDENAR a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, que en el término de 48 horas posteriores a la notificación de la presente providencia, proceda, si aún no lo ha hecho, a hacer la entrega efectiva y de manera inmediata de los componentes de la ayuda humanitaria de emergencia al señor Luis Carlos Jiménez.
- TERCERO. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- MAURICIO GONZÁLEZ CUERVO
- Magistrado
- LUIS GUILLERMO GUERRERO PÉREZ
- Magistrado
- GABRIEL EDUARDO MENDOZA MARTELO
- Magistrado
- ANDRÉS MUTIS VANEGAS
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.