C-278 de 2007
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Claimant Jose Humberto Gomez Herrera Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Deber del Estado de brindar protección integral
- Eliminación del término máximo para la atención humanitaria de emergencia
- Respuesta de sociedad y Estado debe corresponder a gravedad de situación
- Término de atención humanitaria de emergencia debe ser flexible
- Norma que establece que el desplazado cooperará en el mejoramiento de su situación representa una carga desproporcionada
- Término de atención humanitaria de emergencia será prorrogable hasta que el afectado esté en condiciones de asumir su autosostenimiento
- Vulneración múltiple, masiva y continua de derechos fundamentales
- Fuerza vinculante
- Hacen parte del bloque de constitucionalidad
- Derecho a recibir en forma urgente un trato preferente
- Obligaciones del Estado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Ley 387 de 1997 articulos 13 (paragrafo) y 18 (paragrafo).
Se adoptan medidas para la prevencion del desplazamiento forzado; La atencion proteccion consolidacion y estabilizacion socioeconomica de los desplazados internos por la violencia de la republica de colombia.
De la atencion humanitaria de emergencia y de la cesacion de la condicion de desplazado forzado.los demandantes consideran que la norma acusada viola los articulos 1 2 5 11 13 21 22 25 42 43 44 46 47 48 49 50 51 90 y 93 de la constitucion politica.obligaciones del estado colombiano frente al desplazamiento forzado.
Fuerza vinculante de los principios rectores del desplazamiento.
Derechos constitucionales que resultan amenazados o vulnerados por las situaciones de desplazamiento forzoso.
Respuesta institucional del estado colombiano y resultados de la politica publica en materia de desplazamiento forzado.
El estado de cosas inconstitucional.
La atencion humanitaria de emergencia sera prorrogable hasta que el afectado este en condiciones de asumir su autosostenimiento.
El imperativo "cooperara" de la norma pone una carga desproporcionada al desarraigado pues lo hace responsable de la obtecnion de su restablecimeitno desmontando asi al estado de su deber primario de garatia y olvidando que se trata de sujetos de especial proteccion.inexequible las expresiones "maximo" y "excepcionalmente por otros tres (3) meses mas" del paragrafo del articulo 15 de la ley 387 de 1997 y exequible el resto del paragrafo e inexequible el paragrafo del articulo 18 de la ley 387 de 1997
What it decided
Holdings on Ley 387/97. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
- Primero. Declarar INEXEQUIBLES las expresiones "maximo" y "excepcionalmente por otros tres (3) mas", contenidas en el paragrafo del articulo 15 de la Ley 387 de 1997, y EXEQUIBLE el resto del paragrafo, en el entendido que el termino de la atencion humanitaria de emergencia previsto en esa disposicion sera prorrogable hasta que el afectado este en condiciones de asumir su autosostenimiento.
- Segundo. Declarar INEXEQUIBLE el paragrafo del articulo 18 de la Ley 387 de 1997.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.