T-1225 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Araujo Rentería
✓Claimant Laura Socorro Riveros De Castellanos Vs. Juzgado Segundo Civil Del Circuito De Bucaramanga Y Otro Con Citación A Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Aplicación del parágrafo 3 del artículo 42 de la ley 546/99
- Deudora del sistema UPAC a quien por mora en el pago del crédito otorgado para libre inversión le fue iniciado proceso ejecutivo
- No es posible la aplicación del parágrafo 3 del artículo 42 a créditos de libre inversión
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al debido proceso de deudora del sistema upac a quien por mora en el pago del credito otorgado para libre inversión le fue iniciado proceso ejecutivo hipotecario y pese a la solicitud formulada al juzgado para la terminación del proceso el despacho decidio desestimar la peticion.
Solicita se decrete la nulidad del proceso ejecutivo hipotecario a partir de las actuaciones surtidas a partir de la reliquidacion del credito y se ordene su terminación.
El parágrafo 3º del artículo 42 del la ley 546 de 1999.
No es posible su aplicación para créditos de libre inversión.
Las disposiciones recogidas en la ley 546 de 1999 en especial las relativas a la reliquidación y terminación de los procesos ejecutivos hipotecarios solamente aplican por voluntad del legislador en relación con créditos para vivienda.
Las disposiciones de la ley 546 de 1999 en materia de terminación de los procesos ejecutivos se aplicaban para los créditos de vivienda y no para los de libre inversión como el que adquirió la señora laura socorro riveros de castellanos.
Negada
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (2 points)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia que el 15 de julio de 2005 dictó la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia por medio de la cual negó el amparo del derecho fundamental al debido proceso solicitado por la señora Laura Socorro Riveros de Castellanos en la demanda que ésta dirigió contra el Juzgado 2º Civil del Circuito de Bucaramanga y el Banco Ahorramas, hoy Banco AV Villas, con citación oficiosa de la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito de Bucaramanga y de la señora Claudia Patricia Ramírez Gómez
- Segundo. LÍBRESE por secretaría la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.