T-1099 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández
✓Claimant Edison De Jesús Martinez Ramírez Vs. Cajanal
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Resolución oportuna de recursos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho de petición de afiliado a quien la entidad le nego el reconocimiento de la pension gracia habiedo interpuesto contra el acto administrativo los recursos de reposición y en subsidio apelación el 21 de enero de 2004 siendo resuelto solo el primero de ellos.
Solicita se resuelva su solicitud.
Aspectos que comprende el derecho de petición.
La interposicion de los recursos para agotar la via gubernativa constituye ejercicio del derecho de petición y presupone el deber para al administracion de resolverlo dentro de los terminos previstos para ello.
La ausencia de respuesta de manera oportuna a los recursos interpuestos contra los actos administrativos comporta per se la violación del derecho fundamental de petición y por tanto legitima al solicitante para presentar la accion de tutela.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia de fecha diecinueve de abril 2005, expedida por el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Sincelejo y en su lugar CONCEDER la tutela del derecho fundamental de petición del señor Edison de Jesús Martínez Ramírez.
- Segundo. ORDENAR a la Caja Nacional de Previsión Social, con sede en Sucre, o a quien sea el responsable dentro de dicha entidad, que dentro del término perentorio de cuarenta y ocho (48) horas a partir de la notificación de ésta providencia, resuelva, si aún no lo ha hecho, el recurso de apelación interpuesto por Edison de Jesús Martínez Ramírez contra la Resolución 24320, de 12 de diciembre de 2003.
- Por el cumplimiento de esta tutela será responsable el Gerente de la Caja Nacional de Previsión, CAJANAL.
- Tercero. PREVENIR a la entidad demandada para que en el futuro evite cometer actos como los que dieron lugar a la presente acción de tutela.
- Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.