SU- de 2016
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Banco De La Republica·Respondent Consejo De Estado, Seccion Tercera, Subseccion C Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Existen recursos de anulación y homologación para controvertir los laudos arbitrales
- Procede directamente cuando el recurso de anulación es ineficaz
- Procedencia excepcional por vulneración de derechos fundamentales
- Procedencia excepcional
- Se debió declarar la improcedencia teniendo en cuenta el carácter excepcional de la acción de tutela contra laudos arbitrales
- Se debió declarar la improcedencia por falta de relevancia constitucional
- Procedencia por presentar un defecto fáctico por la ostensible valoración irrazonable de los medios de prueba
- Procedencia por presentar un defecto sustantivo ocasionado por privar irrazonablemente de sus efectos a las normas pertinentes de la Constitución en la interpretación del negocio jurídico
- Reiteración de jurisprudencia
- Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
El Banco de la República interpuso la acción de tutela en contra del laudo proferido por el Tribunal de Arbitramento demandado y la providencia dictada por la Sección Tercera, Subsección C del Consejo de Estado que resolvió desfavorablemente el recurso de anulación interpuesto contra dicho laudo.
Según el criterio del accionante, dichos fallos vulneraron derechos fundamentales de la entidad, al admitir que la póliza Global Bancaria suscrita por el Banco con Seguros Generales Suramericanos .S.A y Allianz Seguros S.A., en la cual se aseguró la responsabilidad por los riesgos derivados de los servicios bancarios prestados por el tomador como Banco Central, no cubría el riesgo derivado de sus funciones regulatorias y, en particular, no lo amparaba frente a las condenas judiciales dictadas en su contra a consecuencia de la anulación de la Resolución Externa No. 18 de 1995, expedida por su Junta Directiva, por medio de la cual se dictaron normas en relación con las corporaciones de ahorro y vivienda.
Se reitera jurisprudencia relacionada con la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales y laudos arbitrales.
La Corte considera que el laudo impugnado vulneró el derecho al debido proceso del Banco de la República, al resolver la controversia sometida a su conocimiento con fundamento en una norma que era inaplicable para determinar el ámbito de cobertura de un seguro.
En contraste, la Sala no observó defecto alguno en el fallo de anulación emitido por el Consejo de Estado.
Se CONCEDE el amparo solicitado y se deja sin efectos el pluricitado laudo.
Se declara que, dadas las reclamaciones en estrados, las decisiones de revocar la sentencia de tutela que denegó el amparo y la de dejar sin efectos el laudo, no agotan la jurisdicción para dirimir las diferencias entre las partes del negocio jurídico que originó la controversia arbitral.
De ahí, que se entiende enervado el término de prescripción o caducidad de las acciones judiciales procedentes para asuntos como esos.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. LEVANTAR la suspensión de términos decretada dentro del proceso.
- Segundo. REVOCAR el fallo de tutela proferido, en única instancia, por la Sección Cuarta del Consejo de Estado el 26 de noviembre de 2015, que negó la protección invocada. En su lugar, CONCEDER la tutela del derecho fundamental al debido proceso del Banco de la República.
- Tercero. En consecuencia, DEJAR SIN EFECTOS el laudo proferido el 12 de noviembre de 2014 por el Tribunal de Arbitramento convocado para desatar las diferencias entre el Banco de la República, de un lado, y Seguros Generales Suramericana S.A. y Allianz Seguros S.A, del otro.
- Cuarto. DECLARAR que dadas las reclamaciones en estrados se entiende enervado el término de prescripción de las acciones judiciales en este caso.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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