C-475 de 1999
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Martha Victoria Sáchica Méndez
✓Claimant Arturo Besada Lombana
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Jefe de división y jefe auditor
- Naturaleza de empleos
- Finalidad
- Jefes de unidad de la Contraloría de Santafé de Bogotá
- Personerías delegadas para localidades
- Personero delegado
- Naturaleza
- Jefe de división de la Personería
- Jefes de unidad
- Nomenclatura y clasificación de empleos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 8 (parcial) del Decreto Ley 1569 de 1998, “por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos de las entidades territoriales que deben regularse por las disposiciones de la Ley 443 de 1998 y se dictan otras disposiciones”.
La Corte, aplicando los criterios para la exclusión de un cargo de la carrera administrativa, concluyó que contradice el principio general de la carrera administrativa los cargos de Jefe de Unidad, Jefe de División y Personero Local de la Personería de Bogotá.
Por otro lado, el máximo Tribunal Constitucional señaló que la clasificación de nivel directivo del segundo grupo desconoció la prerrogativa especial de estas entidades para definir, a través de las directivas de estos institutos de educación superior, sobre la categorización de los empleos de sus respectivas funciones.
Se declararon inexequible las expresiones “Jefe de Unidad de la Contraloría de Santafé de Bogotá, así como las de Jefe de Unidad, Personero Delegado y Local”, “Jefe de División y Jefe Auditor” y “Decano de Escuela Tecnológica, Decano de Institución Universitaria, Decano de Universidad, Director de Escuela, o de Instituto, o de Centro de Universidad, Rector de Institución Universitaria o Escuela Tecnológica, Rector de Universidad, Vicerrector de Institución Universitaria y Vicerrector de Universidad” contenidas en el artículo 8 de Decreto Ley 1569 de 1998; y declaró exequible las demás expresiones demandadas.
What it decided
Holdings on Decreto 1569/98. Hard data, verified against the operative part — citable.
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
- R E S U E L V E :
- Primero. Declarar EXEQUIBLE el Decreto 1569 de 1998 "por el cual se establece el sistema de nomenclatura y clasificación de los empleos de las entidades territoriales que deben regularse por las disposiciones de la Ley 443 de 1998 y se dictan otras disposiciones", en cuanto el Presidente de la República no excedió las facultades extraordinarias conferidas por el legislador conferidas en esa Ley 443 de 1998, en cuanto se refiere a la temporalidad para la expedición del mismo.
- Segundo. Declarar EXEQUIBLES las expresiones Jefe de Unidad de la Contraloría de Santafé de Bogotá, así como las de Jefe de Unidad, Personero Delegado y Local de la Personería de Santafé de Bogotá contenidas en el artículo 8o. del Decreto Ley 1569 de 1998, con base en las consideraciones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.
- Tercero. Declarar INEXEQUIBLES las expresiones Jefe de División y Jefe Auditor de la Contraloría de Santafé de Bogotá, al igual que la de Jefe de División de la Personería de esa misma ciudad capital, contenidas en el artículo 8o. del Decreto Ley 1569 de 1998, por las razones contenidas en la presente sentencia.
- Cuarto. Declarar INEXEQUIBLES las expresiones Decano de Escuela Tecnológica, Decano de Institución Universitaria, Decano de Universidad, Director de Escuela, o de Instituto, o de Centro de Universidad, Rector de Institución Universitaria o Escuela Tecnológica, Rector de Universidad, Vicerrector de Institución Universitaria y Vicerrector de Universidad, contenidas en el artículo 8o. del Decreto Ley 1569 de 1998.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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