T-913 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Martha Victoria Sáchica Méndez
✓Claimant Carol Tatiana Restrepo Bonilla·Respondent Fondo De Pensiones Y Cesantias Proteccion S.A.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden a Fondo de Pensiones reconocer y pagar la pensión a sujeto de especial protección con pérdida de capacidad laboral, quien cumple requisitos
- Concepto
- Finalidad
- Procedencia excepcional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La controversia planteada en la demanda de tutela gira en torno a una reclamación prestacional, en la cual la actora aduce que tiene derecho a que le sea reconocida la pensión de invalidez, mientras que la accionada alega que la peticionaria no cuenta con el mínimo de semanas cotizadas para acceder a dicha prestación.
Se reitera jurisprudencia sobre la pensión de invalidez y la solicitud de reconocimiento por medio de la acción de tutela.
Para la Sala, no sólo es incontrovertible la existencia del derecho, sino que éste recae en cabeza de una persona que se encuentra en estado de vulnerabilidad evidente.
Se CONCEDE el amparo del derecho a la seguridad social y, en consecuencia, se ordena el reconocimiento y pago de la pensión reclamada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR las sentencias proferidas el 29 de abril de 2014 por el Juzgado Cincuenta y Nueve Civil Municipal de Bogota y el 28 de mayo de 2014, por el Juzgado
- Noveno. Civil del Circuito de Bogota, y en consecuencia, CONCEDER el amparo solicitado por la senora Carol Tatiana Restrepo Bonilla a su derecho fundamental a la seguridad social en pensiones.
- Segundo. ORDENAR al Representante Legal de la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantias Proteccion S.A. que, en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir del siguiente al de notificacion de esta providencia, reconozca e inicie el pago de la pension de invalidez a la senora Carol Tatiana Restrepo Bonilla, identificada con cedula de ciudadania 52.426.996 de Bogota.
- Tercero. ORDENAR al Representante Legal de la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantias Proteccion S.A. que, en el termino de dos (2) meses contados a partir del dia siguiente al de notificacion de esta providencia, desembolse las mesadas pensionales por concepto de invalidez a que la senora Carol Tatiana Restrepo Bonilla tiene derecho desde el 31 de marzo de 2012, fecha en la que cumplio requisitos para que le sea reconocido su derecho fundamental a recibir pension por invalidez por parte de la Administradora de Fondos de Pensiones y Cesantias Proteccion S.A..
- Cuarto. ORDENAR que por Secretaria librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.