T-872 de 2008
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Mauricio González Cuervo
✓Claimant Claudia Patricia Villamizar Pombo Y Otras·Respondent Municipio De Aguachica Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Hecho superado por cuanto ya se pagaron los salarios y prestaciones de las accionantes por parte de la Alcaldía
- Procedencia excepcional pago de salarios por afectación del mínimo vital
- Procedencia excepcional pago de salarios
- Responsable de suministrar los dineros para el pago de los salarios y prestaciones de las docentes demandantes
- Vulneración por no pago de salarios por más de cinco meses
- Presunción de afectación por incumplimiento en el pago de salarios
- Incumplimiento prolongado e indefinido significa suspensión en el pago por un periodo superior a dos meses
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho ala trabajo, seguridad social y mínimo vital al no pagarles oportunamente sus salarios y prestaciones sociales desde diciembre de 2005 y hasta el momento de interponer las tutelas, mayo de 2006, señalan que son madres cabeza de familia y no cuentan sino con susalario para atender su subsistencia.
La entidad demandada que venía asegurando el giro de los recursos, alega no estar obligada al pago de esas sumas por lo que resolvió no efectuar más transferencias de recursos, en la medida que las demandantes no pertenecen a su planta de personal y la responsabilidad es ahora del departamento.
En el presente caso se configuró un hecho superado porque los salarios y prestaciones requeridos por las accionantes ya fue cancelado por la alcaldía.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. LEVANTAR la suspension de terminos en este proceso, ordenada mediante auto del 30 de agosto de 2007.
- Segundo. REVOCAR los fallos proferidos por la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, del 22 de agosto de 2006 y la sentencia de la Sala Civil-Familia-Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Valledupar, del 29 de agosto de 2006, por las razones senaladas en la parte motiva de esta sentencia, y en su defecto, CONFIRMAR las providencias del Juzgado Promiscuo del Circuito de Aguachica del 30 de junio de 2006 y del 21 de junio de 2006, en las situaciones de la referencia.
- Tercero. DECLARAR que existe en ambos casos un hecho superado, por la supresion de los supuestos facticos de la vulneracion invocada.
- Cuarto. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.