T-845 de 2009
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant María Brooks Coronado·Respondent Hospital Infantil San Francisco De Paula
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Requisitos para acreditar vulneración
- Trámite administrativo o presupuestal no impide pago oportuno de mesadas
- Pago de mesadas pensionales atrasadas
- Procedencia excepcional pago de mesadas pensionales
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Vida, igualdad, seguridad social, mínimo vital.
La accionante solicita el pago de sus mesadas pensionales las cuales fueron reconocidas desde junio de 2008, pero no han sido canceladas.
La Sala se pronuncia sobre la acción de tutela para el pago de mesadas pensionales atrasadas y su afectación al mínimo vital, las entidades en proceso de liquidación y su obligación respecto de las acreencias laborales, se concluye que a la accionante se le esta vulnerando su derecho al mínimo vital, además es un sujeto de especial protección por ser madre cabeza de familia, se aclara que la situación económica, financiera o jurídica por la que atraviese una entidad, no es óbice para sustraerse al pago de las mesadas pensionales, se ordena realizar el pago de las mesadas.
Concedida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR el fallo del dieciseis (16) de abril de 2009, proferido por el Juez
- Noveno. Civil Municipal de Barranquilla. En su lugar, CONCEDER la tutela como mecanismo definitivo de proteccion de los derechos a la vida, a la igualdad, a la seguridad social y al minimo vital, de conformidad con las razones expuestas en este fallo.
- SEGUNDO. ORDENAR al liquidador del Hospital Infantil San Francisco de Paula -en liquidacion-, que dentro de un plazo maximo de cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de esta providencia, si no lo ha hecho, adelante todas la gestiones necesarias para realizar el pago de las mesadas pensionales adeudadas a la senora Maria Brooks Coronado y que en adelante se abstenga de suspenderlas.
- TERCERO. LIBRESE por Secretaria la comunicacion de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.