T-783 de 2006
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jaime Araujo Rentería
✓Claimant Noralba Gutiérrez Murillo Contra Salud Total Eps.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Exigencia de periodo mínimo de cotización
- Práctica de cateterismo
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho a la salud en conexidad con la vida.
La eps autorizó la cobertura del 65% y envia a la peticionaria a la ips para que cubra el 35% restante.la falta de procedimeinto ordenado pone seriamente en peligro la vida de la accionante no obra en el expediente ningun elemento que permita deducir la existencia de otro medio de cura ni requisito alguno .
Concedida.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- PRIMERO. REVOCAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida por el Juzgado
- Primero. Civil Municipal de Dosquebradas (Risaralda) el 23 de mayo de 2006, dentro de la acción de tutela incoada por Nhoralba Gutiérrez Murillo contra la E.P.S. Salud Total.
- SEGUNDO. TUTELAR los derechos fundamentales a la salud, a la seguridad social y a la vida, de la señora, Nhoralba Gutiérrez Murillo, los cuales han sido vulnerados por la entidad demandada.
- TERCERO. ORDENAR a la E.P.S. Salud Total que dentro de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente determinación, autorice el cubrimiento total del procedimiento "cateterismo coronario y valvular (derecho e izquierdo)" prescrito a la paciente y el suministro de los medicamentos que su tratamiento demanden, el cual deberá practicarse de forma inmediata, conforme con lo ordenado por el médico tratante o correspondiente, sin que se le imponga a la misma erogación alguna derivada del incumplimiento en el período de cotizaciones requerido.
- CUARTO. SEÑALAR que Salud Total podrá repetir, en el caso concreto, contra el Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) por las sumas de dinero que legal y reglamentariamente no sean de su cargo.
- QUINTO. DAR por secretaría cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.