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Tutela ruling (T)October 15, 2014

T-764 de 2014

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

✓Claimant Omar Evelio Getial Trejo·Respondent Consejo Superior De La Judicatura

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Procedencia por defecto fáctico, por desconocimiento del fuero indígena por cuanto existió errada valoración probatoria de autoridad judicial en conflicto de competencia que demostraba la pertenencia del acu
  • Procedencia por defecto sustantivo y violación directa de la Constitución, al desconocer la autonomía y jurisdicción especial indígena y ordenar que fuera juzgado por la justicia ordinaria
  • Evolución jurisprudencial
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Jurisdiccion Indigena Y Jurisdiccion Ordinaria
  • Conflicto de competencias
  • Reglas para la solución de tensiones
Elementos De La Jurisdiccion Indigena
  • Territorial, personal, institucional y objetivo
Fuero Penal Indigena
  • Reglas que deberán ser aplicadas por los jueces en aquellos eventos en los cuales no se aplica el fuero indígena
6 topics · 10 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Debido proceso, jurisdicción especial indígena.

Tutela contra providencia judicial.

Se ataca la decisión judicial proferida por la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura, mediante la cual se resolvió, en favor de la jurisdicción ordinaria, un conflicto positivo de competencia suscitado entre ésta y la especial indígena, con ocasión del proceso penal adelantado por hechos ocurridos al interior del Resguardo Indígena de Yascual (Nariño), y que involucraban a miembros de esa comunidad, como posibles autores de los delitos de homicidio y lesiones personales.

Se aborda temática relacionada con la procedencia de la acción de tutela contra providencias judiciales; el defecto fáctico por indebida valoración probatoria y; los conflictos de competencia entre la jurisdicción especial indígena y la ordinaria.

Para la Sala, se vislumbra con claridad, que en el caso bajo estudio, convergen todos los elementos que dan lugar a la estructuración del fuero indígena (territorial, objetivo, personal e institucional) y, por ende, a la activación de la competencia de la jurisdicción especial indígena en el mencionado proceso penal.

Se CONCEDE el amparo deprecado. <br> <br>

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. DECLARAR restablecidos los términos de este proceso, en razón del trámite impartido en virtud de lo prescrito por el Auto No. 386 de 2010, dictado por esta Sala de Revisión.
  2. SEGUNDO. REVOCAR la sentencia proferida el 9 de junio de 2010 por el Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, que negó la acción de tutela formulada por Omar Evelio Getial Trejo, en su calidad de Gobernador Indígena del Resguardo de Yascual -Nariño-, y, en su lugar, CONCEDER el amparo deprecado, de conformidad con lo expuesto en esta providencia.
  3. TERCERO. DEJAR SIN EFECTOS la decisión dictada por el Consejo Superior de la Judicatura, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, el 10 de febrero de 2010, en la que resolvió, en favor de la jurisdicción ordinaria, un conflicto positivo de competencia suscitado entre esta y la especial indígena, con ocasión del proceso penal adelantado contra Edgar Yovanny Estrada Benavides por hechos ocurridos el 5 de marzo de 2006 y, en consecuencia, ORDENAR que en el término de tres (3) días hábiles, contado desde la notificación de esta providencia se remita el caso a las autoridades del Resguardo Indígena de Yascual, para que asuman competencia sobre el proceso en el cual se investiga a Edgar Yovanny Estrada Benavides por haber cometido presuntamente los delitos de homicidio y lesiones personales, exhortándolas a que resuelvan el asunto en el menor tiempo posible y que remita a esta Corporación, lo decidido, dentro de los cinco (5) días siguientes a aquel en que se profiera el respectivo fallo.
  4. CUARTO. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
DissentGloria Stella Ortiz Delgado
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 39cited by 36 →T-764/14C-543/92 — Dec. 2591/91. Art 11 12 25 Y 40. Tutela Contra Sentencias. Cosa Juzgada. Caducidad. Unidad Normativa. Inexequibles Salvo Art 25. · cited 2,419 timesC-543/921992C-590/05 — Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales. No Vulnera Los Principios De Seguridad Jurídica Y De Autonomía Funcional Del Juez · cited 2,128 timesC-590/052005T-008/98 — Tutela Contra Sentencias Proferidas Por La Justicia Regional. Via De Hecho. Error En El Juicio Valorativo De Las Pruebas. Negada. Ver Auto 0 · cited 1,091 timesT-008/981998T-462/03 — Derecho De Peticion. Solicitud Pension De Vejez. Respuesta Pronta Y Oportuna. Regimen De Transicion. Compartibilidad Pensional. Tutela Contr · cited 1,088 timesT-462/032003T-522/01 — Derecho A La Libertad Igualdad Debido Proceso. Sustitucion De Medida De Aseguramiento Teniendo Como Criterio El Juez Competente Y No El Dere · cited 1,025 timesT-522/012001T-231/94 — Tutela Contra Providencias Judiciales. Via De Hecho. Contrato De Seguro. Liquidacion De Perjuicios. Concedida Parcialmente. · cited 1,016 timesT-231/941994C-591/05 — Acto Legislativo Que Implemento El Sistema Penal Acusatorio. Modificaciones Que Introdujo En El Sistema Procesal Penal · cited 649 timesC-591/052005SU.1184/01 — Derecho Al Debido Proceso. Desconocimiento Del Juez Natural. Fuero Penal Militar E Integral. Deberes De Seguridad En El Trafico Y Salvamento · cited 642 timesSU.1184/012001T-397/16 — Conflictos Entre La Jurisdiccion Ordinaria Y La Especial Indigena. Principales Criterios Para La Solucion. · cited 57 timesT-397/162016SU.245/21 — Derecho A La Educacion Propia De Comunidades Indigenas O Etnoeducacion. Medidas Transitorias Para Enfrentar Adecuadamente La Barrera Que Se · cited 56 timesSU.245/212021SU.067/23 — Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Proceso Laboral-Despido Discriminatorio Por Razones De Género Y Orientación Sexual Divers · cited 32 timesSU.067/232023A. 501/22 — Ausencia Del Factor Institucional-Carencia De Estructura Que Permitiera El Juzgamiento De Los Involucrado-Delitos De Fabricación, Tráfico Y · cited 19 timesA. 501/222022T-191/20 — Debido Proceso En El Traslado Entre Regimenes Pensionales · cited 19 timesT-191/202020A. 605/22 — Activación De La Justicia Especial Por Parte De Las Comunidades Indígenas-Proceso Penal Por El Delito De Violencia Intrafamiliar. · cited 13 timesA. 605/222022A. 059/23 — Delito Contra La Libertad, Integridad Y Formación Sexual De Una Menor De Catorce Años, Cometido Por Un Miembro De La Comunidad Indígena-No S · cited 12 timesA. 059/232023A. 643/22 — Ausencia Del Factor Institucional-Especial Nocividad De La Conducta Investigada-Delito De Acceso Carnal Abusivo Con Menor De 14 Años Agravad · cited 7 timesA. 643/222022
constitutional review unification tutela
Cited by36
A. 848/24Incumplimiento Del Factor Territorial E Institucional-Delito De Violencia Intrafamiliar Protege El Bien Jurídico De La Familia Y Es Una Conducta Con Alto Nivel De Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria Y La Comunidad Indígena-No Se Verificó La Estructura Institucional Que Permita Adelantar El Juzgamiento De La Conducta Reprochada, Garantizando Los Derechos Fundamentales Del Sindicado Y De Las Víctimas-Enfoques Diferenciales De Género Y Étnico.A. 2013/24Incumplimiento De Los Factores Territorial E Institucional-La Comunidad Indígena No Acreditó Que Cuente Con Mecanismos Para Garantizar Los Derechos De Los Niños, Niñas Y Adolescentes, Que Presuntamente Han Sido Víctimas De Violencia Sexual.A. 1856/24Incumplimiento Del Factor Institucional- El Factor Objetivo No Es Determinante- Acceso Carnal Abusivo Conducta De Alto Nivel De Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria- Falta De Acreditación De Un Sistema De Investigación, Sanción Y Juzgamiento De Delitos Sexuales Que Garantice El Interés Superior De Los Niños, Niñas Y Adolescentes.A. 1790/24Incumplimiento Del Factor Institucional-El Factor Objetivo No Es Determinante Dado Que La Conducta Imputada Afecta Intereses Tanto De La Sociedad Mayoritaria Como De La Comunidad Indígena-Conducta De Alto Nivel De Nocividad Para La Sociedad Mayoritaria-La Comunidad Indígena No Acreditó La Existencia De Un Sistema De Protección A La Víctima Y Al Infractor.A. 1633/24Incumplimiento Del Factor Territorial E Institucional- Factor Objetivo No Es Determinante- No Se Acreditó Que La Comunidad Cuente Con Procedimientos Que Garanticen La Protección De Los Bienes Jurídicos Presuntamente Lesionados, Que Sean Respetuosos Del Derecho Al Debido Proceso, Que Garanticen Los Derechos De Las Víctimas Y Un Poder De Coerción.A. 1590/24Incumplimiento Del Elemento Objetivo E Institucional- Los Bienes Jurídicos Violentados Son De Especial Interés Para La Sociedad Mayoritaria, Por La Importancia De La Protección De Niños, Niñas Y Adolescentes, De La Mujer Y La Obligación De Superar Todas Las Formas De Violencia De Género- No Se Evidenció Estructura Orgánica Que Proteja El Debido Proceso Del Investigado Y Garantice Los Derechos De La Víctima, Especialmente, En Tratándose De Formas De Violencia De Genero-Aplicación De Enfoque Étnico.
See all 36 →

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