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Tutela ruling (T)October 19, 2009

T-742 de 2009

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Ernesto Vargas Silva

✓Claimant Luz Dary Qiñocez De Palomino·Respondent Fondo Nacional De Vivienda Y Otros

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Poblacion Desplazada
  • Fonvivienda no podía condicionar la entrega del subsidio de vivienda a la manifestación de la actora sobre el retorno
Derecho Al Debido Proceso Administrativo Y Vivienda Digna De Poblacion Desplazada
  • Fonvivienda aplicó erróneamente la normatividad y negó injustificadamente la solicitud de subsidio de vivienda
Desplazados Por La Violencia
  • Sujetos de especial protección constitucional
Subsidio De Vivienda Para La Poblacion Desplazada
  • Rechazo por Fonvivienda de la postulación de la accionante argumentando que registra una propiedad
  • Condiciones
6 topics · 7 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Vivienda digna, debido proceso.

La accionante es desplazada, en junio de 2007 solicitó un subsidio de vivienda el cual fue rechazado por tener otra propiedad a nivel nacional, aclara que si bien es dueña de una propiedad la cual fue adquirida por herencia ésta se encuentra en el municipio de donde fue desplazada por lo tanto no puede disfrutar de ella, solicita a las entidades demandas se le otorgue el subsidio de vivienda a que tiene derecho.

La Corte después de realizar un análisis de la protección especial a la población desplazada, encuentra que en primer lugar la actora es únicamente poseedora del bien inmueble y el contrato de compraventa de posesión de mejoras fue realizado con posterioridad a la postulación del subsidio, resulta evidente que Fonvivienda no consideró la naturaleza del derecho de la accionante sobre el bien inmueble, ni las modificaciones hechas a los decretos que consagran las causales de imposibilidad para postular, no se realizo una interpretación beneficiosa para la accionante pese a encontrarse en una situación de protección especial.

Concedida.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (6 points)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por la Sala Quinta de Decision el Tribunal Contencioso Administrativo del Huila, el 11 de febrero de 2009, y por la Seccion Segunda, Subseccion A de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, el 27 de abril de 2009. En su lugar CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales de la senora Luz Dary Quinonez de Palomino en los terminos expuestos en esta providencia.
  2. Segundo. ORDENAR a la Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda, que dentro de los quince (15) dias habiles siguientes a la notificacion de la presente providencia, asigne un Subsidio Familiar de Vivienda de Interes Social en la modalidad de adquisicion de vivienda nueva o usada a la postulante Luz Dary Quinonez de Palomino, y que modifique en lo pertinente la Resolucion 602 de diciembre de 2008, mediante la cual se rechazo la postulacion de la misma, para lo cual debera adelantar los ajustes administrativos y presupuestales a que haya lugar.
  3. Tercero. ORDENAR al Director de Accion Social que dentro de los tres (3) dias siguientes a la notificacion de la presente providencia, adopte las medidas inmediatas que garanticen a la senora Luz Dary Quinonez de Palomino la asesoria durante el proceso de adjudicacion y desembolso del subsidio de vivienda a la accionante, senalando para ello (i) los bienes y servicios a los que tiene derecho; (ii) los momentos en los que estos van a ser prestados; (iii) los responsables especificos de su prestacion; (iv) los procedimientos y requisitos necesarios para su puntual prestacion; y (v) los remedios a los que tiene derecho si no se cumple lo prometido.
  4. Cuarto. ORDENAR a la Directora Ejecutiva del Fondo Nacional de Vivienda y el Director de Accion Social que, en un (1) mes contado a partir de la notificacion de esta providencia, informe sobre el cumplimiento de los numerales
  5. segundo. y
  6. tercero. a la Sala Quinta de Decision el Tribunal Contencioso Administrativo del Huila que actuo como juez de primera instancia en el proceso de tutela de la referencia.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.