T-739 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Gabriel Eduardo Mendoza Martelo
✓Claimant Ruben Qintiliano Sanabria Roa·Respondent Tribunal Superior De Bogota, Sala Laboral
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Casos en los que se justifica que el juez constitucional desplace al juez ordinario llamado a resolver el recurso existente para conceder directamente y de manera definitiva el amparo que de manera urgente s
- Orden a Colpensiones reconozca pensión de vejez, sobre las mesadas no prescritas, incluyendo el tiempo correspondiente a la prestación del servicio militar
- Tribunal incurrió en defecto sustantivo y desconoció precedente sobre acumulación de tiempo de prestación del servicio militar obligatorio para pensión de vejez
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Recuento normativo y jurisprudencial
- Para su aplicación concreta autoridades deben otorgar idéntica protección, trato y definición a quienes se encuentren en similares situaciones de hecho como condición sine qua non
- Desarrollo legal, artículo 36 de la Ley 100 de 1993
- Debe computarse como tiempo de servicio válido para trámite de pensión de jubilación
- Desarrollo jurisprudencial
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Debido proceso, mínimo vital, dignidad humana, igualdad, seguridad social.
Tutela contra providencia judicial.
Considera el actor que la sentencia que ataca constituye una vía de hecho por defecto sustantivo, debido a que la autoridad judicial absolvió al ISS del reconocimiento y pago de su pensión de jubilación, pasando por alto la normatividad aplicable al caso, esto es, el artículo 40 de la ley 48 de 1993, según la cual, todo colombiano que haya prestado el servicio militar obligatorio, tiene derecho a que este tiempo le sea computado para efectos de pensión de jubilación y vejez.
Se aborda la siguiente temática: 1º.
Procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales. 2º.
El defecto sustantivo como causal específica de procedibilidad. 3º.
El tiempo de duración de la prestación del servicio militar obligatorio como válido en el trámite de pensiones. 4º.
La igualdad en materia judicial. 5º.la transición en materia pensional según la Constitución, la ley y la jurisprudencia y, 6º.
Casos en el que se justifica que el juez constitucional desplace al juez ordinario llamado a resolver el recurso ordinario existente, para conceder directamente y de manera definitiva el amparo que de manera urgente se requiere.
Se CONCEDE el amparo deprecado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspension de terminos decretada por medio de Auto de 16 de Octubre de 2013, proferido por esta Sala de Revision para decidir el asunto de la referencia.
- SEGUNDO. REVOCAR la providencia proferida el catorce (14) de mayo de dos mil trece (2013) por la Sala de Casacion Penal de la Corte Suprema de Justicia que, a su vez, confirmo la dictada el veintisiete (27) de febrero de dos mil trece (2013) por la Sala de Casacion Laboral de la Corte Suprema de Justicia y, en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales al debido proceso, al minimo vital, a la dignidad humana, a la igualdad y a la seguridad social del senor Ruben Quintiliano Sanabria Roa.
- TERCERO. DEJAR SIN EFECTOS la providencia proferida por la Sala Laboral de Decision del Tribunal Superior de Bogota el dieciseis (16) de octubre de dos mil doce (2012) que, a su vez, revoco la decision adoptada por el Juzgado Diecinueve Laboral de Bogota el veintinueve (29) de marzo de dos mil doce (2012).
- CUARTO. ORDENAR al ISS, hoy Colpensiones, que en el termino de veinte (20) dias, contado a partir de la notificacion de esta sentencia, reconozca la pension de vejez del accionante, sobre las mesadas no prescritas, incluyendo el tiempo correspondiente a la prestacion del servicio militar obligatorio, conforme a las consideraciones senaladas en esta providencia. De igual modo, se debera incluir en nomina, a mas tardar, dentro del mes siguiente a la notificacion del presente fallo.
- QUINTO. Por Secretaria General, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
- Notifiquese, comuniquese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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