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Tutela ruling (T)December 4, 2020

T-506 de 2020

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Gloria Stella Ortiz Delgado

✓Claimant Leonardo Arvey Morales Niño Y Otros·Respondent Uariv

✓
Topic · hard data
Valoracion De Actos Asociados Al Conflicto Armado En Relacion Con Solicitudes De Inclusion En El Registro Unico De Victimas
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Legitimacion Por Activa En Tutela
  • Integrantes del grupo familiar de menor reclutado ilegalmente y asesinado, estaban legitimados para solicitud inscripción en el RUV
  • Toda persona que considere lesionados sus derechos puede interponer la acción de tutela sin más exigencias que la demostración de su titularidad
Registro Único De Víctimas
  • El proceso de valoración de las solicitudes de inscripción se debe llevar a cabo en aplicación del principio de la buena fe y presunción de veracidad
  • Caso en que se niega inscripción en el mismo, sin haber desvirtuado previa y adecuadamente los hechos alegados por la demandante
  • Orden a la UARIV incluir en el RUV a la accionante
  • Vulneración de los principios de favorabilidad y buena fe que rigen a la administración en relación con el RUV, ante negativa de refutar previamente hechos de la demandante
Victimas Del Conflicto Armado Interno
  • Procedencia de tutela por ser sujetos de especial protección constitucional
Victimas Del Conflicto Armado
  • Alcance del concepto contenido en la Ley 1448 de 2011
Niños, Niñas Y Adolescentes
  • Prohibición de reclutamiento de menores de dieciocho años
  • Protección normativa y jurisprudencial respecto al reclutamiento ilícito por grupos armados
Reclutamiento Y Utilizacion De Niños En El Conflicto Armado
  • Constituye una violación de los derechos humanos, una infracción del derecho internacional humanitario y un delito internacional
Victima
  • Definición para efectos de atención, asistencia y reparación integral, comprende a todas aquellas personas que hubieren sufrido un daño en los términos de la ley 1448 de 2011
9 topics · 14 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

A comienzos del 2010 la accionante presentó solicitud de reparación administrativa por el hecho victimizante de homicidio, ocurrido a finales del 2002 contra su hijo menor de edad quien, según ella, fue reclutado forzosamente por grupos de autodefensa en el Casanare.

Sin embargo, la UARIV expidió varios actos administrativos negando la pretensión, argumentando que el niño, al haber pertenecido a un grupo armado organizado al margen de la ley, había sido victimario y no víctima del conflicto armado interno; además, que no estaba cobijado por la exclusión prevista en el parágrafo 2 del artículo 3º de la Ley 1448 de 2011 y no se había acreditado el vínculo de los hechos con el conflicto armado interno.

Los peticionarios alegan ser víctimas indirectas de daños por los hechos victimizantes de reclutamiento ilícito y homicidio de grupos de autodefensas.

Se aborda temática relacionada con: 1º.

El concepto de víctima contemplado en la Ley 1448 de 2011. 2º.

El tratamiento jurídico del reclutamiento ilícito de menores de edad, tanto a nivel internacional como nacional y, 3º.

Las principales reglas en materia del derecho de inclusión en el RUV.

La Corte decidió AMPARAR los derechos invocados por la madre del menor fallecido y declarar la improcedencia del amparo respecto de los demás familiares de éste, por no acreditar el requisito de legitimación en la causa por activa.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (10 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia del 12 de diciembre de 2019 proferida por el Tribunal Administrativo de Casanare, a traves de la cual se confirmo la providencia del 22 de noviembre de 2019 emitida por el Juzgado
  2. Segundo. Administrativo del Circuito de Yopal. En su lugar, AMPARAR los derechos fundamentales al debido proceso, a la dignidad humana y a la indemnizacion administrativa, unicamente de la senora Ana Julia Nino Aguilar, vulnerados por la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion a las Victimas. Respecto de los demas accionantes, DECLARAR la improcedencia del presente fallo, al no acreditar el requisito de legitimacion en la causa por activa.
  3. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS las Resoluciones No. 2014-387322 del 12 de febrero de 2014, 2014-387322R del 6 de julio de 2017 y 201745900 del 31 de agosto de 2017, mediante las cuales se nego la inscripcion de la senora Ana Julia Nino Aguilar en el Registro Unico de Victimas, y el Oficio 201811312301631 del 24 de julio de 2018, mediante el cual respondio la solicitud de revocatoria directa de las anteriores resoluciones interpuesta por la senora Ana Julia Nino Aguilar.
  4. Tercero. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion a las Victimas que, en el termino maximo de cinco (5) dias habiles contados a partir de la notificacion de esta sentencia, incluya a la senora Ana Julia Nino Aguilar en el Registro Unico de Victimas por los hechos victimizantes de reclutamiento ilicito y homicidio.
  5. Cuarto. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas que brinde a la senora Ana Julia Aguilar Nino informacion, guia y acompanamiento sobre la oferta estatal y los beneficios contemplados en la ley para victimas de la violencia, especialmente en relacion con el procedimiento para el reconocimiento de la indemnizacion administrativa.
  6. Quinto. ADVERTIR a la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas que tiene la obligacion de interpretar el articulo 3o de la Ley 1448 de 2011 conforme a los principios de buena fe, favorabilidad y prevalencia del derecho sustancial, en aras de no incurrir en practicas que supongan una exclusion injustificada de las victimas del Registro Unico de Victimas.
  7. Sexto. ORDENAR a la Unidad Administrativa Especial para la Atencion y Reparacion Integral a las Victimas que, en el termino maximo de tres (3) meses contados a partir de la notificacion de esta sentencia, actualice el Manual de Criterios de Valoracion y realice las gestiones administrativas necesarias para capacitar a los funcionarios encargados de resolver las peticiones y solicitudes relacionadas con la inscripcion en el RUV, en relacion con los parametros establecidos por la jurisprudencia de la Corte Constitucional para la interpretacion del articulo 3deg de la Ley 1448 de 2011.
  8. Particularmente, en el Manual de Criterios de Valoracion se deberan abordar los siguientes asuntos, de acuerdo con lo expuesto en la parte considerativa de esta sentencia: (i) los preceptos del Derecho Internacional Humanitario, del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, de la legislacion y de la jurisprudencia nacional que regulan el delito de reclutamiento ilicito de ninos, ninas y adolescentes; (ii) la manera en que la participacion de menores de edad en las hostilidades vulneran sus derechos fundamentales; (iii) el concepto de "desvinculacion" incluido en el articulo 3o, paragrafo 2, de la Ley 1448 de 2011, cuyo significado no se reduce a "desmovilizacion", sino tambien a las demas situaciones que ocasionan la salida de los menores de edad del grupo armado organizado al margen de la ley al que pertenecian, tal como su muerte en el marco del conflicto; y (iv) el deber de analizar si existe una relacion cercana y suficiente con el conflicto armado en cada caso concreto, conforme a una concepcion amplia y favorable a la victima de este concepto.
  9. Quinto. Por Secretaria General, LIBRAR la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  10. Comuniquese,
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
ConcurrenceJosé Fernando Reyes Cuartas
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 84cited by 6 →T-506/20SU.961/99 — Derecho De Igualdad Al Trabajo Debido Proceso Der De Acceso A Desempeñar Cargos Publicos. Lista Elegibles Magistrados Tribunal. Proteccion O · cited 1,531 timesSU.961/991999T-225/93 — Acciones Populares. Acueducto De Nariño (C/Marca). Provision De Agua Potable. Negada. · cited 1,353 timesT-225/931993T-025/04 — Derechos A La Vida Integridad Personal Igualdad Trabajo Salud Seguridad Social Educacion Minimo Vital Y Peticion. Goce Efectivo. Atencion In · cited 801 timesT-025/042004T-373/15 — Proceso De Interdiccion, Pension De Sobrevivientes. · cited 260 timesT-373/152015T-299/09 · cited 244 timesT-299/092009SU.108/18 — Obsservancia Del Requisito De Inmediatez En Accion De Tutela Contra Providencia Judicial Para Indexacion De La Primera Mesada Pensional. · cited 238 timesSU.108/182018T-821/07 · cited 196 timesT-821/072007T-705/12 · cited 180 timesT-705/122012T-351/21 — Interés Superior Del Menor De Edad En Escenarios De Presunta Violencia Sexual · cited 23 timesT-351/212021T-445/22 — Derecho A La Identidad Cultural, Autonomía Y Autodeterminación, Al Territorio Ancestral Y Colectivo, Debido Proceso Administrativo Y Subsist · cited 13 timesT-445/222022T-286/22 — Derecho A La Vida Digna, Mínimo Vital E Igualdad En Conexidad Con La Educación Superior-Vulneración Por Icetex, Al Negar Subsidio De Sosteni · cited 5 timesT-286/222022T-378/22 — Inscripción En El Registro Único De Víctimas Y Concepto De Víctima En El Conflicto Armado-Principios De Buena Fe Y Favorabilidad. · cited 1 timesT-378/222022T-366/24 — Debido Proceso Administrativo De Inscripción En El Registro Único De Víctimas Y Concepto De Víctima Del Conflicto Armado-Falta De MotivaciónT-366/242024T-434/24 — Derecho De Las Mujeres A Una Vida Libre De Violencia-Marco Jurídico Para La Atención De La Violencia Intrafamiliar Y A Las Víctimas Del ConfT-434/242024
constitutional review unification tutela

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