T-468 de 1999
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Gregorio Hernández Galindo
✓Claimant Eliseo Gomez Torres
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Participación efectiva de trabajadores perjudicados por cierre de fábrica
- Perjuicios ocasionados a trabajadores por cierre de fábrica
- Inaplicación de acto a la circunstancia concreta de trabajadores
- Alcance de la función del juez de tutela
- Contenido
- Perjuicio irremediable de trabajadores por cierre de fábrica
- Perjuicio irremediable de trabajadores por cierre de fábrica
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Fe de Bogotá, Sala Civil, el dieciocho (18) de enero de mil novecientos noventa y nueve (1999), al resolver sobre la acción de tutela incoada por ELISEO GOMEZ TORRES y otros contra el Consejo de Justicia de Santa Fe de Bogotá, y, en consecuencia, declarar que queda en firme el Fallo de primera instancia, que concedió la protección de los derechos al trabajo y debido proceso de los peticionarios.
- Segundo. De conformidad con lo previsto en el artículo 8 del Decreto 2591 de 1991, ORDENAR al Consejo de Justicia de Santa Fe de Bogotá que en forma inmediata, a partir de la notificación del presente Fallo, se abstenga de aplicar la resolución del veinte (20) de febrero de mil novecientos noventa y nueve (1999) y permita a la "FABRICA DE TUBOS GRESSA LTDA." reabrir sus instalaciones y reiniciar las labores que venía adelantando con el personal que tenía ocupado en dichas tareas.
- Tercero. El amparo que mediante esta Sentencia se concede tiene carácter transitorio, para evitar a los trabajadores de la Compañía un perjuicio irremediable. Por tanto, en cuanto a la validez del acto administrativo objeto de controversia, se estará a lo que resuelva el Tribunal Contencioso Administrativo de Cundinamarca. La tutela se extiende apenas hasta el momento en que el Fallo se produzca.
- Cuarto. Por Secretaría, LIBRESE la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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