JurídicoESEN
Tutela ruling (T)October 4, 2019

T-457 de 2019

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Luis Guillermo Guerrero Pérez

✓Claimant Ajmr·Respondent Secretaria De Educacion Municipal De Piedecuesta

✓
Topic · hard data
Derecho A La Educacion De Niños, Niñas Y Adolescentes En Situación De Discapacidad.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Educacion De Menor De Edad Con Discapacidad Motora
  • Garantía de la accesibilidad material al sistema educativo general
Fundamentalidad Del Derecho A La Educacion Del Niño
  • Accesibilidad como componente básico
Derecho A La Educación Inclusiva
  • Entidades del sector educativo responsables de los ajustes razonables
  • Desarrollo legal de los procesos de inclusión escolar
Derecho A La Educación De Niños, Niñas Y Adolescentes En Situación De Discapacidad
  • Protección constitucional y en los tratados y convenios internacionales
Derecho A La Educacion De Niños Y Niñas En Situacion De Discapacidad
  • Reglas relativas a componentes de acceso, disponibilidad, aceptabilidad y adaptabilidad
6 topics · 7 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

El accionante es padre de dos niñas quienes desde su nacimiento fueron diagnosticadas con osteogénesis imperfecta, comúnmente conocida como huesos de cristal.

Debido a dicha patología, las menores requieren atención y cuidado especiales, pues no se movilizan con facilidad y cualquier golpe puede producirles una fractura en algunos de sus huesos.

Una de las niñas ingresó a estudiar pero ha tenido que afrontar diferentes obstáculos para acceder al servicio de educación.

El tutelante considera que las entidades accionadas vulneran derechos fundamentales de su hija, al no poner a su disposición un profesor para que la instruya en su residencia durante sus períodos de incapacidad, ni un tutor sombra en el colegio y negarle un medio de transporte adecuado para que se movilice desde su casa al colegio y viceversa.

Se abordan los siguientes temas: 1º.

El derecho a la educación de los niños y niñas en situación de discapacidad y, 2º.

La legislación existente en materia de educación para personas con discapacidad.

Se CONCEDE el amparo invocado y se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce de los derechos protegidos.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (13 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
  2. Quinto. Civil del Circuito de Bucaramanga del 24 de octubre de 2018, que a su vez confirmo el fallo adoptado el 14 de septiembre del ano en cita por el Juzgado
  3. Cuarto. Promiscuo Municipal de Piedecuesta. En su lugar, TUTELAR los derechos de AVMA a la educacion, a la igualdad y a la dignidad humana.
  4. SEGUNDO. ORDENAR a la EPS Medimas o a la entidad de salud a la que se encuentre afiliada la menor que, en el termino de diez (10) dias siguientes a la notificacion de esta providencia, valore a AVMA, con el fin de identificar si requiere un modelo educativo flexible que permita el desarrollo de la oferta hospitalaria/domiciliaria en los tiempos de incapacidad y post-operatorios, en los terminos previstos en los articulos 2.3.3.5.2.3.1. literal b (numeral 7) y 2.3.3.5.2.3.2 (numeral 3) del Decreto 1421 de 2017. Una vez realizada dicha valoracion, se debera compartir y socializar los resultados a la mayor brevedad posible con la Secretaria de Educacion de Piedecuesta y los padres de la menor.
  5. TERCERO. ORDENAR a la Secretaria de Educacion de Piedecuesta que, en el termino de treinta (30) dias siguientes a la notificacion de esta providencia y en lo que corresponda, procure una solucion integral y coordinada con el Colegio Centro de Comercio, que satisfaga las necesidades de la menor de edad y, en concreto, en la que se brinde:
  6. a) Un modelo educativo flexible, como lo seria la oferta educativa hospitalaria/domiciliaria en los tiempos de incapacidad y post-operatorios, previa valoracion de la menor por parte de la EPS correspondiente; y en caso de requerirlo actualmente, por encontrarse en periodo de incapacidad, proceder a su suministro de forma inmediata.
  7. b) Un diagnostico de las necesidades de ajustes razonables en la infraestructura del centro educativo, que debera realizarse de manera conjunta con el colegio, con la finalidad de mejorar la inclusion de las personas con discapacidad fisica. De igual manera, sobre la base de tal diagnostico, debera ofrecer y ejecutar una solucion adecuada, viable y oportuna, que garantice el desplazamiento de la menor, sin obstaculos, en el centro educativo en el que se encuentre matriculada.
  8. c) Una caracterizacion o valoracion pedagogica de la menor con discapacidad por parte de un docente de apoyo pedagogico, con el soporte del profesor de aula; y la correspondiente elaboracion e implementacion del Plan Individual de Ajustes Razonables para la nina.
  9. d) La actualizacion anual del Plan Individual de Ajustes Razonables de AVMA, como lo establece el articulo 2.3.3.5.2.3.5 del Decreto 1421 de 2017, cuyo contenido debera ser tenido en cuenta en el Plan de Mejoramiento Institucional del Colegio Centro de Comercio.
  10. e) Un informe anual de proceso pedagogico de la menor, mientras este matriculada en el Colegio Centro de Comercio.
  11. f) La inscripcion de la menor en el programa de transporte escolar gratuito del municipio, durante el tiempo que este escolarizada en un centro educativo de Piedecuesta.
  12. Una vez cumplido el termino de los treinta (30) dias concedido, la Secretaria de Educacion de Piedecuesta y el Colegio Centro de Comercio deberan presentar un informe detallado y completo al juzgado de instancia, sobre la ejecucion de las medidas adoptadas en esta providencia.
  13. CUARTO. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 38cited by 8 →T-457/19T-384/98 — Der. Al Minimo Vital. Controversias Entre Entidad De Riesgos Profesionales Y Empresa Para El Cubrimiento De Pension De Sobrevivientes. Conce · cited 404 timesT-384/981998SU.086/99 — Der. Al Trabajo. Debido Proceso. Der. A La Igualdad. Concurso De Meritos. Nombramiento Del Primero. Magistrados Y Jueces. Concedida Parcialm · cited 316 timesSU.086/991999T-554/98 — Der. De Propiedad. Medio De Defensa Judicial. Imposicion De Sanciones Por Temeridad En La Accion. Venta De Buseta. Negada. · cited 273 timesT-554/981998SU.391/16 — Accion De Tutela Contra Las Actuaciones Del Presidente De La Republica Y El Congreso, Respecto A Equilibrio De Poderes. Improcedencia Por In · cited 271 timesSU.391/162016T-287/95 — Der. A La Seguridad Social. Mora En Los Aportes Al I.S.S. Por Parte Del Empleador. Tutela Transitoria. Concedida. · cited 230 timesT-287/951995T-179/03 — Derecho Al Minimo Vital De Empleado Publico. Solicitud Reconocimiento Pension De Jubilacion. Doble Pension. Incompatibilidad. Iss. Negada. · cited 224 timesT-179/032003T-482/01 — Derecho A La Vida Igualdad Y Seguridad Social. Solicitud De Afiliacion Al Fondo De Prevision Social Del Congreso. Conmutacion Pensional. Med · cited 222 timesT-482/012001T-500/02 — Derecho A La Igualdad Y Trabajo De La Mujer. Trato Discriminatorio. Inscripcion De Conyuges O Compañeros Permanentes Como Beneficiarios De S · cited 203 timesT-500/022002T-124/20 — Accesibilidad Como Componente Esencial Del Derecho A La Educacion De Personas En Situacion De Discapacidad Y Servicio De Transporte Escolar. · cited 25 timesT-124/202020T-532/20 — Derecho A La Educacion Inclusiva De Niños Y Niñas En Situacion De Discapacidad-Protección Constitucional · cited 18 timesT-532/202020T-105/20 — Derecho De Los Menores De Edad A Tener Una Familia Bajo El Principio De Familia Diversa · cited 15 timesT-105/202020T-070/24 — Derecho A La Educación Inclusiva De Niños, Niñas Y Adolescentes En Situación De Discapacidad-Suministro De Acompañamiento Terapéutico Para M · cited 6 timesT-070/242024T-345/20 — Derecho A La Educacion Inclusiva De Menor Con Dificultades De Aprendizaje · cited 6 timesT-345/202020T-021/24 — Derecho A La Salud Y Educación Inclusiva De Niños, Niñas Y Adolescentes En Situación De Discapacidad-Suministro De Acompañamiento Terapéutic · cited 5 timesT-021/242024T-119/24 — Derecho A La Educación Inclusiva-Garantía De Apoyo Escolar Para La Inclusión De Niños, Niñas Y Adolescentes Con Autismo. Tensión Entre Plane · cited 3 timesT-119/242024T-256/23 — Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Proceso De Repetición Por Responsabilidad Patrimonial Del Estado-Omisión En Valorar La Pr · cited 2 timesT-256/232023
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.