T-372 de 2006
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alfredo Beltrán Sierra
✓Claimant Mariela Del Carmen Beltran Diaz Y Otro Vs. Juzgado Cuarto Civil Del Circuito De Bogota Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- No procede por no haberse utilizado los recursos de ley dentro del proceso ejecutivo
- Improcedencia por no haber ejercido los recursos de ley
- Interpretación de la Sala de Casación Civil sobre continuación de procesos ejecutivos con saldos insolutos
- Discrepancias entre jueces por interpretación diferente no puede ser calificada como vía de hecho
- Interpretación de la ley 546 de 1999 y la sentencia C-955/00 no conduce a la terminación de todos los procesos
- Hipótesis fáctica que debe darse para que el proceso continúe
- Las providencias que no terminen los procesos iniciados antes del 31 de diciembre de 1999 no siempre constituyen vía de hecho
- Terminación y archivo de procesos en curso a 31 de diciembre de 1999 una vez efectuada la reliquidación
- Vulneración por no darse por terminado el proceso ejecutivo hipotecario conforme a la ley 546/99
- Doctrina constitucional sobre el artículo 42 parágrafo 3
- Interpretación de la sala unitaria sobre terminación de procesos ejecutivos con saldos insolutos
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al debido proceso de deudores del sistema upac contra quiene por incumplimiento en sus obligaciones hipotecarias les fue iniciado proceso ejecutivo en su contra con anterioridad al 31 de diciembre de 1999 y el juzgado despacho negativamente las solicitudes elevadas encaminadas a la terminacion del proceso y la aplicacion de la ley 546 de 1999.
Solicitan se declare la nulidad de lo actuado y se ordene la terminacion del proceso.
Alcance del parágrafo 3º del artículo 42 de la ley 546 de 1999 dentro del proceso ejecutivo hipotecario.
Actuación del juez de instancia frente al proceso ejecutivo hipotecario.
En los procesos ejecutivos hipotecarios iniciados con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley 546 de 1999 una vez aportada la reliquidación el siguiente y único paso a seguir es la terminación de éstos.
Así lo indica la sentencia t-1181 de 2005 cuando señala que: "…producida ella (la reliquidación) debe dar lugar a la terminación del proceso y a su archivo sin más trámite como lo ordena la norma".
Lo anterior sin perjuicio del derecho que le asiste al acreedor de iniciar un nuevo proceso ejecutivo.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por la Corte Suprema de Justicia Sala de Casacion Civil, en la accion de tutela promovida por Mariela del Carmen Beltran Diaz y Guillermo Beltran Rodriguez contra de Juzgado 4 Civil del Circuito de Bogota y el Banco Colpatria. En su lugar CONCEDER el amparo de su derecho fundamental al debido proceso.
- Segundo. En consecuencia, DECRETAR LA NULIDAD de todo lo actuado dentro del proceso ejecutivo hipotecario adelantado ante el Juzgado 4 Civil del Circuito de Bogota propuesto por el Banco Colpatria contra Mariela del Carmen Beltran Diaz y Guillermo Beltran Rodriguez a partir de la actuacion siguiente a la reliquidacion del credito.
- Ademas, ORDENAR, al Juzgado 4 Civil del Circuito de Bogota que dentro del termino de cinco (5) dias, siguientes a la notificacion de esta providencia, declare la terminacion del proceso y ordene el archivo del expediente.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.