T-319 de 2019
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Linares Cantillo
✓Claimant Angela Anyelid Galindo Gutierrez·Respondent Juzgado De Familia De Soacha
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Criterios a tener en cuenta
- Alcance
- Indebida aplicación al ordenar visitas de padres biológicos, a menores declaradas en estado de adoptabilidad
- Procedencia por violación directa de la Constitución por indebida aplicación del principio del interés superior del menor, en proceso de homologación de la declaratoria de adoptabilidad
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Efectos jurídicos
- Naturaleza jurídica
- Defensora de familia en representación de menor
- No libera ni exonera a los padres de los deberes paterno filiales
- Reiteración de jurisprudencia
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
La accionante, en calidad de Defensora de Familia del ICBF del Centro Zonal Soacha, cuestiona la decisión judicial proferida por el Juzgado de Familia de dicha localidad, mediante la cual se homologó la Resolución que declaró en estado de adoptabilidad a dos niñas de cinco y dos años de edad y dispuso la realización de visitas entre éstas y sus padres biológicos hasta que culminara el proceso.
Se dice que dicha providencia incurrió en los defectos sustantivo por desconocimiento de la Ley 1098 de 2006 (Código de la Infancia y Adolescencia) y violación directa de la Constitución, por haber desatendido el principio del interés superior del menor.
Lo anterior, debido a que las menores fueron intervenidas por el Instituto a raíz del grave riesgo para la integridad de las niñas por parte de sus progenitores, por el presunto maltrato físico, abuso y ausencia de condiciones básicas para su desarrollo al que eran sometidas por parte de éstos.
Se desarrolla la siguiente temática:1º.
El defecto sustantivo y la violación directa de la Constitución. 2º.
El alcance constitucional del interés superior de los niños, niñas y adolescentes y, 3º.
El proceso de adopción y los efectos jurídicos de la declaratoria de adoptabilidad.
En sede de revisión la Sala tuvo conocimiento que las menores mencionadas fueron adoptadas y, por ello, declaró la carencia actual de objeto por la ocurrencia de una situación sobreviniente.
No obstante lo anterior, la Corte se pronunció de fondo y determinó que la autoridad judicial accionada incurrió en un defecto sustantivo por desconocimiento del Código de Infancia y Adolescencia y violó, como causal específica de procedencia del amparo, la Carta Política de 1991, al darle un alcance insuficiente al interés superior y prevalente del menor.
Por lo anterior, se confirmaron los fallos de instancia que ampararon los derechos de las menores y ordenaron al despacho tutelado dejar sin efectos la determinación que concedió a sus progenitores biológicos la posibilidad de visitarlas, dentro del proceso de homologación.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. DECLARAR LA CARENCIA ACTUAL DE OBJETO por el acaecimiento de una circunstancia sobreviniente, dado que en Sede de Revision Juliana -de 8 anos- y Sofia -de 4 anos-, segun lo preciso el Juzgado de Familia de Soacha y el ICBF, fueron adoptadas.
- Segundo. En lo demas CONFIRMAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida por la Sala de Casacion Civil de la Corte Suprema de Justicia, el dos (2) de octubre de dos mil dieciocho (2018), en la cual se decidio confirmar la sentencia de la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cundinamarca y se ampararon los derechos de Juliana y Sofia y en consecuencia, se ordeno al Juzgado de Familia de Soacha dejar sin efectos la determinacion que concedio a los progenitores biologicos la posibilidad de visitarlas, dentro del proceso de homologacion estudiado.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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