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Unification ruling (SU)October 6, 2022Full bench

SU- de 2022

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alejandro Linares Cantillo

✓Claimant Ana·Respondent Juzgado 003 De Familia De Armenia

✓
Topic · hard data
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Proceso De Exoneración De Cuota Alimentaria-Deber De Aplicar Perspectiva De Género Para Evitar Escenario De Victimización Institucional Contra La Mujer.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Defecto Factico
  • Fundamentos y marco de intervención que compete al juez de tutela
  • Dimensión negativa y positiva
Administración De Justicia Con Perspectiva De Género
  • Forma de combatir la violencia contra la mujer
  • Reiteración de jurisprudencia
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Proceso De Exoneración De Cuota Alimentaria
  • Jueces deben aplicar perspectiva de género para evitar escenario de revictimización institucional contra la mujer
  • Procedencia por violación directa de la Constitución, defecto sustantivo por decisión sin motivación y defecto fáctico en la valoración probatoria
Cuota Alimentaria
  • Naturaleza de la obligación alimentaria en caso de violencia por razón de género contra la mujer
Reparación Integral De Las Mujeres Víctimas De Violencia Doméstica
  • Procedencia de la revisión de la cuota de alimentos sanción
Defecto Sustantivo
  • Presupuestos para su configuración
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
15 topics · 17 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

En este caso se cuestiona la decisión judicial adoptada en el marco de un proceso de exoneración de cuota alimentaria iniciado en contra de la accionante por quien fuera su cónyuge.

Con dicha providencia se ordenó disminuir, en la mitad, el valor de la cuota alimentaria que recibía la peticionaria como cónyuge inocente.

Se aduce que dicho fallo careció de motivación e incurrió en un defecto fáctico por indebida valoración probatoria.

Los jueces de tutela negaron el amparo invocado.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

La violencia contra la mujer a la luz de la Convención Belem Do Pará y los instrumentos internacionales de protección en materia de violencia contra la mujer. 2º.

La jurisprudencia de la Corte Constitucional sobre la necesidad de aplicar el enfoque de género en aquellos eventos en donde se evidencie el uso de la violencia que ha afectado, de manera desproporcionada, a la mujer, como sucede en el marco de las relaciones de pareja. 3º.

Reiteración de jurisprudencia en relación con los defectos por violación directa de la Constitución, decisión sin motivación y fáctico.

La Corte concluyó que la sentencia cuestionada no se ajustó a las normas aplicables ni a la jurisprudencia constitucional, sobre los estándares de protección en casos relacionados con violencia contra la mujer.

Se AMPARÓ el derecho al debido proceso de la accionante y se dejó sin efectos el fallo atacado.

Se reiteró el exhorto efectuado por la sentencia SU.080/20, para que el Congreso de la República, en ejercicio de su potestad de configuración legislativa, regule ampliamente el derecho fundamental a acceder a una reparación integral en los casos de violencia intrafamiliar, por medio de un mecanismo judicial justo y eficaz que respete los parámetros de debido proceso, plazo razonable y prohibición de revictimización.

Además de lo anterior se instó a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura para que, en ejercicio de sus funciones, difunda esta providencia y capacite a los funcionarios judiciales sobre el enfoque de género en las providencias, con el fin de promover la creación de nuevos marcos interpretativos en perspectiva de género, que permitan la real y efectiva reconfiguración de patrones culturales y estereotipos de género discriminatorios

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por la Sala de Casación Civil de la Corte Suprema de Justicia, del 15 de diciembre de 2021, que, a su vez, confirmó la sentencia proferida por la Sala de Decisión Civil, Familia y Laboral de Armenia (Quindío), el 27 de octubre de 2021, en donde se negó el amparo solicitado del derecho al debido proceso. En su lugar, AMPARAR los derechos fundamentales al debido proceso de la accionante, a la igualdad, a la no discriminación y a una vida libre de violencia por razón de género en contra de la mujer, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente sentencia.
  2. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS la sentencia del 29 de julio de 2021, que ordenó disminuir en la mitad los alimentos decretados a cargo de Pedro, por incurrir en los defectos por indebida motivación, fáctico y violación directa de la Constitución y, en su lugar, ORDENAR rehacer dicha actuación, en el término máximo de un mes contado a partir de la notificación de esta decisión, siguiendo para tal efecto los argumentos expuestos en la parte motiva de esta sentencia.
  3. Tercero. REITERAR el exhorto efectuado por la sentencia SU-080 de 2020, para que el Congreso de la República, en ejercicio de su potestad de configuración legislativa, regule ampliamente el derecho fundamental a acceder a una reparación integral en los casos de violencia intrafamiliar, por medio de un mecanismo judicial justo y eficaz que respete los parámetros de debido proceso, plazo razonable y prohibición de revictimización.
  4. Cuarto. INSTAR a la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura para que, en ejercicio de sus funciones, difunda esta providencia y capacite a los funcionarios judiciales sobre el enfoque de género en las providencias, con el fin de promover la creación de nuevos marcos interpretativos en perspectiva de género, que permitan la real y efectiva reconfiguración de patrones culturales y estereotipos de género discriminatorios.
  5. Quinto. Por Secretaría General de esta Corte, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available2
ConcurrenceAntonio José Lizarazo OcampoConcurrencePaola Andrea Meneses Mosquera
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.