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Tutela ruling (T)May 26, 2023

T-178 de 2023

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Alejandro Linares Cantillo

✓Claimant Millán Bonilla Mariella·Respondent Tribunal Administrativo Del Valle Del Cauca

✓
Topic · hard data
Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Medio De Control De Nulidad Y Restablecimiento Del Derecho En Materia Pensional-Violación Directa De La Constitución En La Sentencia De Segunda Instancia, Por Desconocer La Prohibición De “non Reformatio In Peius”.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales
  • Improcedencia por no violación directa de la Constitución
  • Procedencia por cuanto se incurrió en una violación directa de la Constitución por contrariar la garantía de la non reformatio in pejus en proceso ante la jurisdicción contencioso administrativa
  • Requisitos generales y especiales de procedibilidad
Principio No Reformatio In Pejus
  • No vulneración
  • Alcance
  • Derecho fundamental para el apelante único
Regimen De Transicion
  • Aplicación integral de reglas de regímenes especiales de pensiones a beneficiarios
Principio De Inmediatez En Materia Pensional
  • Debe observarse la justa causa que motive el paso del tiempo por sujetos de especial protección constitucional
Principio De Oficiosidad E Informalidad
  • Juez de tutela tiene la obligación de tomar medidas necesarias para proteger derechos fundamentales
9 topics · 12 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Se ataca la decisión judicial adoptada en segunda instancia al interior de un proceso administrativo, mediante la cual se ordenó reliquidar y, en consecuencia, reducir el monto de la pensión de jubilación de la actora.

Se aduce que este fallo vulneró la garantía de non reformatio in peius; desconoció el principio de congruencia y los derechos adquiridos en materia pensional, al haber aplicado indebidamente una sentencia de unificación del Consejo de Estado proferida con posterioridad al reconocimiento de su prestación.

Así mismo, se cuestionó el acto administrativo proferido por la UGPP para dar cumplimiento al precitado fallo, porque con él se pretendió cobrar a la peticionaria los mayores valores pagados y surgidos de la diferencia entre el monto de las mesadas pensionales que venía percibiendo y el valor resultante una vez efectuada la reliquidación ordenada por el fallo judicial.

Se reitera jurisprudencia relacionada con: 1º.

El defecto por violación directa de la Constitución y, el 2º.

El contenido y alcance de la garantía de la non reformatio in peius.

Por incurrir en violación directa de la Constitución se CONCEDE el amparo invocado.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. LEVANTAR la suspensión de términos ordenada mediante auto del 14 de diciembre de 2021.
  2. Segundo. REVOCAR las sentencias proferidas el 19 de noviembre de 2020 por la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en primera instancia, y el 15 de febrero de 2021 por la Subsección C de la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en segunda instancia, y en lugar AMPARAR el derecho fundamental al debido proceso de Mariella Millán Bonilla.
  3. Tercero. ORDENAR al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca que, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de esta providencia, profiera sentencia de reemplazo dentro del mencionado proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, atendiendo las consideraciones expuestas en la parte motiva de este proveído.
  4. Cuarto. DEJAR SIN EFECTOS la Resolución No. RDP 020330 del 8 de septiembre de 2020 proferida por la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social en cumplimiento de la sentencia del 13 de noviembre de 2019 proferida por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca.
  5. Quinto. Por Secretaría General, LIBRAR las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
DissentAntonio José Lizarazo Ocampo
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.