T-400 de 2022
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alejandro Linares Cantillo
✓Claimant Maria·Respondent Procuraduria Primera Ciudad Cielo Azul
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Análisis de requisitos de procedencia exigen perspectiva de género
- Vulneración del derecho fundamental a una vida libre de violencia
- Debe orientar siempre las actuaciones de los operadores de justicia, armonizando los principios constitucionales y la especial protección otorgada a la mujer
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Configuración del defecto fáctico y violación directa de la constitución por falta de perspectiva de género en trámite disciplinario
- Configuración
- Estructuración
- Carácter estructural
- La denuncia de acoso o violencia sexual exige un enfoque diferencial y de género
- Jurisprudencia constitucional
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se atacan fallos de primera y segunda instancia proferidos dentro de un proceso verbal disciplinario iniciado por la actora por los supuestos hechos de acosa sexual del que fue objeto por parte del subgerente administrativo y financiero de la entidad en la cual se desempeñó como contratista, mediante los cuales se exoneró de responsabilidad disciplinaria al investigado por no encontrar probados los actos de acoso sexual denunciados.
Se aduce que dichas providencias incurrieron en defecto fáctico y en violación directa de la Constitución, por la valoración probatoria desprovista de un enfoque diferencial con perspectiva de género.
Se aborda temática relacionada con: 1º.
La violencia de género contra la mujer y en particular a la caracterización del acoso sexual en el ámbito laboral. 2º.
La obligación reforzada de todas las autoridades del Estado de garantizar a las mujeres una vida libre de violencias y erradicar cualquier tiempo de discriminación en su contra. 3º.
El ámbito disciplinario y la valoración probatoria desde la perspectiva de género. 4º.
El defecto fáctico y el defecto por violación directa de la Constitución como causales específicas de procedencia de la acción de tutela.
Se CONCEDE el amparo invocado, se deja sin efecto el fallo de segunda instancia cuestionado y se ordena la Procuraduría accionada que adopte una nueva decisión, en la que tenga en cuenta las consideraciones de esta sentencia en especial la protección que merece la mujer víctima de cualquier tipo de violencia y valore con perspectiva de género las pruebas obrantes en el mencionado expediente disciplinario.
Se hace una advertencia a los operadores jurídicos que dieron trámite a la acción de tutela sobre el deber judicial de aplicar la perspectiva de género, cuando, de conformidad con los hechos que se pongan bajo su conocimiento, se observe la configuración de casos de posible violencia de género contra la mujer.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- PRIMERO. LEVANTAR la suspensión de términos decretada en el curso del presente proceso (expediente T-8.068.426).
- SEGUNDO. REVOCAR los fallos proferidos por el Juzgado Veintisiete Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Ciudad Azul y la Sala Penal del Tribunal Superior de Ciudad Azul, el 9 de septiembre de 2020 y el 5 de octubre de 2020, respectivamente. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales de María a la igualdad, al debido proceso, al acceso a la administración de justicia y a vivir una vida libre de violencias.
- TERCERO. Como consecuencia de lo anterior, DEJAR SIN EFECTO el fallo de segunda instancia proferido por la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa de Ciudad Azul el 5 de julio de 2019 dentro del proceso verbal disciplinario con radicado [...].
- CUARTO. En consecuencia, ORDENAR a la Procuraduría Segunda Delegada para la Vigilancia Administrativa de Ciudad Azul que, dentro de los (15) quince días siguientes a la notificación de esta providencia, adopte una nueva decisión dentro del expediente con radicado [...], que tenga en cuenta las consideraciones de esta sentencia en especial la protección que merece la mujer víctima de cualquier tipo de violencia y valore con perspectiva de género las pruebas obrantes en el mencionado expediente.
- QUINTO. ADVERTIR al Juzgado Veintisiete Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Ciudad Azul y a la Sala Penal del Tribunal Superior de Ciudad Azul, sobre el deber judicial de aplicar la perspectiva de género, cuando, de conformidad con los hechos que se pongan bajo su conocimiento, se observe la configuración de casos de posible violencia de género contra la mujer.
- SEXTO. Por Secretaría General, LÍBRENSE las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.