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Tutela ruling (T)August 2, 2018

T-316 de 2018

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger

✓Claimant Yuli Paola Santacruz Abril·Respondent Superintendencia Nacional De Salud Y Otros

✓
Topic · hard data
Tratamiento De Fertilización In Vitro. Improcedencia De La Tutela.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Acceso A Servicios De Salud
  • Se debe garantizar en las fases de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación para todas las patologías
Acceso A Servicios Y Medicamentos Excluidos Del Plan De Beneficios En Salud
  • Creación de Plataforma tecnológica MIPRES y aprobación por Junta de Profesionales de la Salud
Accion De Tutela Y Tratamiento De Fertilidad
  • Improcedencia para ordenar fecundación in vitro por cuanto no se cuenta con orden de médico tratante que justifique técnica y científicamente la necesidad o idoneidad para mejorar la calidad de vida de la accio
  • Se debió ordenar valoración del caso de la accionante por parte de la junta de profesionales, como medida orientada a garantizar su derecho fundamental a la salud
  • Dar una orden que conlleve implícitamente la posibilidad de la eliminación de seres humanos concebidos o la de congelación, no es jurídicamente posible
  • No se puede anteponer el anhelo de una mujer a la maternidad, al hecho de que el nasciturus es desde la concepción sujeto de derechos, entre ellos el derecho a la vida
  • Reiteración de jurisprudencia sobre su procedencia excepcional en los casos establecidos por la Corte Constitucional
Actualizacion Plan De Beneficios En Salud
  • Garantiza todos los servicios y tecnologías incluidas en la Resolución 5269/17, salvo aquellos que sean expresamente excluidos
  • Según resolución 5269/17
Derecho A La Salud
  • Desarrollo normativo mediante Ley Estatutaria 1751 de 2015
6 topics · 11 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Cuando la accionante tenía 17 años de edad le practicaron un procedimiento quirúrgico para extirparle sus ovarios, por presentar tumoraciones en ellos y existir la probabilidad de complicaciones futuras por la posibilidad de desarrollar cáncer de ovario.

Dicha cirugía le generó una infertilidad por falta de ovulación y por ello le fue formulado de manera continua e indefinida terapia de sustitución hormonal.

A la actora se le indicó que en caso de querer concebir un hijo su única opción era la fertilización in vitro con donación de óvulos.

La acción de tutela se interpone en contra de la E.P.S.

Famisanar por negar la realización del precitado tratamiento de reproducción asistida, a pesar de haber proferido órdenes previas para la toma de exámenes de diagnóstico que resultaron favorables para la peticionaria y al hecho de no tener los recursos económicos para sufragar directamente su costo.

La entidad argumentó que el procedimiento no resultaba pertinente por no estar incluido en el Plan de Beneficios en Salud y no existir orden médica que certificara su necesidad e idoneidad para evitar un perjuicio irremediable para la salud o la integridad física de la paciente.

Se analiza la siguiente temática: 1º.

El marco normativo para el acceso a los servicios en salud de conformidad con la Ley 1751 de 2015 y, 2º.

La procedencia de la acción de tutela para acceder excepcionalmente a procedimientos orientados a tratar la infertilidad.

La Corte considera que el procedimiento de fertilización pedido es para satisfacer el deseo de gestación de la actora y que no existe orden médica que justifique técnica y científicamente su necesidad o idoneidad para mejorar la calidad de vida de ella, lo cual suprime los efectos secundarios que alega padecer.

Se confirman las decisiones de instancia que DENEGARON el amparo deprecado.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

  1. Primero. CONFIRMAR, por las razones expuestas y en los terminos de esta providencia, la sentencia del cinco (5) de octubre de dos mil diecisiete (2017), proferida en segunda instancia por el Juzgado
  2. Octavo. Civil del Circuito de Bogota, asi como el fallo dictado el cuatro (4) de julio de dos mil diecisiete (2017) por el Juzgado Cuarenta y Seis Civil Municipal, que nego la accion de tutela instaurada por Yuli Paola Santacruz Abril contra FAMISANAR EPS.
  3. Segundo. Por Secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available2
ConcurrenceCristina Pardo SchlesingerConcurrenceAlberto Rojas Ríos
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.