JurídicoESEN
Tutela ruling (T)April 23, 2003

T-315 de 2003

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Manuel José Cepeda Espinosa

✓Claimant Carlos Andres Meneses Bolaños Vs. Fuerzas Militares Armada Nacional

✓
Topic · hard data
Derecho A La Salud E Integridad De Infante De Marina. Solicitud Atencion Medica Tratamiento Y Calificacion De Riesgo En Ojo Derecho. Obligatoriedad. Concedida.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Salud De Infante De Marina
  • Atención médica por la Armada aunque ya no se encuentre prestando el servicio militar
  • Determinación por la Armada sobre riesgo de infección por accidente sufrido durante el servicio
Servicio Militar
  • Atención médica de quien adquiere enfermedad durante su prestación
2 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
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Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. Por las razones expuestas, CONFIRMAR PARCIALMENTE el fallo proferido por el Juzgado 41 Penal del Circuito de Bogotá el 20 de agosto de 2002 en el cual se negó que, dadas las circunstancias descritas en el fallo, el accionante tenga derecho a que se le practique algún procedimiento adicional a cargo de las Fuerzas Militares-Armada Nacional con el propósito de que pueda recobrar la visión.
  2. Segundo. Por las razones expuestas, REVOCAR PARCIALMENTE el fallo proferido por el Juzgado 41 Penal del Circuito de Bogotá el 20 de agosto en el cual se negó que el accionante tenga derecho a que se le diagnostique si se encuentra en riesgo de contraer una infección o una úlcera trófica y a recibir la atención médica correspondiente en caso de que se confirme la existencia de dicho riesgo.
  3. Tercero. En su lugar, CONCEDER PARCIALMENTE la tutela de la referencia para amparar el derecho a la integridad física del actor y el derecho a la salud que se encuentra conexo con ésta.
  4. En consecuencia SE ORDENA a la Armada Nacional que, a petición del accionante, en el término de las 48 horas siguientes al momento en el que él así lo solicite y en atención a su lugar de domicilio, indique la autoridad médica encargada de calificar si corre el riesgo de contraer una infección o una úlcera trófica en su ojo derecho. En caso de que se confirme la existencia de dicho riesgo, SE ORDENA que se proceda a iniciar el tratamiento médico correspondiente según lo determine el médico tratante del servicio de salud de las Fuerzas Militares.
  5. Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.