T-284 de 2012
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice María Victoria Calle Correa
✓Claimant Carlina Mera Rios·Respondent Accion Social
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Caso en el que la entidad no otorga la prorroga automática de la ayuda humanitaria de emergencia
- Respeto de los turnos en la entrega de ayuda humanitaria a las víctimas del conflicto armado
- Grupos de personas desplazadas que por sus especiales condiciones tienen derecho a recibir ayuda humanitaria de emergencia durante un período de tiempo mayor al que fijó la ley
- Acciones afirmativas deben satisfacer necesidades de los grupos más vulnerables
- Acciones afirmativas del Estado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Mínimo vital, vida digna.
La accionante instauró la acción de tutela contra el Departamento para la Prosperidad Social, invocando el amparo de sus derechos fundamentales, los cuales considera quebrantados por la decisión de dicha entidad de no otorgarle la prórroga automática de la ayuda humanitaria de emergencia, a la que estima tiene derecho en su condición de madre cabeza de familia, víctima del desplazamiento forzado.
La Sala considera que la conducta desplegada por la accionada constituye vulneración de derechos fundamentales de la actora y de su familia, en tanto le asignó un turno de entrega de la prórroga reclamada, en un término que no puede ser considerado moderado y adecuado Se CONCEDE el amparo solicitado y se ordena a la demandada fijar una nueva fecha, dentro de un plazo que sea razonable y oportuno, para hacer la entrega de la ayuda humanitaria de emergencia.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
- Primero. Penal del Circuito de Mocoa, el cinco (5) de octubre de dos mil once (2011), que nego la tutela de los derechos invocados, y en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales al minimo vital y a la vida digna de la senora Carlina Mera Rios y su familia.
- Segundo. Como consecuencia de lo anterior, ORDENAR a la Agencia Presidencial para la Accion Social y la Cooperacion Internacional -Accion Social-, hoy Departamento para la Prosperidad Social, que en el termino improrrogable de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, fije una nueva fecha dentro de un plazo que sea razonable y oportuno, para hacer efectivo la entrega de la ayuda humanitaria de emergencia. Tal plazo no podra exceder de quince (15) dias contados a partir de la notificacion de este fallo.
- Tercero. El desacato a lo ordenado en esta providencia, se sancionara de conformidad con lo senalado en el articulo 52 del Decreto 2591 de 1991.
- Cuarto. Por Secretaria General de la Corte, LIBRENSE las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.