T-271 de 2020
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice José Fernando Reyes Cuartas
✓Claimant Carlos Alfonso Aguilar Ossa·Respondent Juzgado 32 Administrativo De Bogota
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Procedencia por defecto sustantivo y desconocimiento del precedente fijado en SU659/15 respecto a flexibilización del término de caducidad
- Se debió declarar improcedencia, por cuanto no existía ningún precedente constitucional aplicable
- Defecto sustantivo por desconocimiento del precedente constitucional
- Requisitos generales y especiales de procedibilidad
- Corte Constitucional carece de competencia para unificar el criterio jurisprudencial
- Jurisprudencia constitucional
- No puede aplicarse de manera absoluta
- Contabilización de la caducidad en la jurisprudencia del Consejo de Estado
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se atribuye a la autoridad judicial accionada la vulneración de derechos fundamentales, al proferir un fallo al interior de un proceso de reparación directa iniciado por el actor en contra de la Nación-Ministerio de Defensa Nacional-Ejército Nacional, en el cual declaró probada la excepción previa de caducidad propuesta por la entidad demandada.
Se aborda temática relacionada con la procedencia excepcional de la acción de tutela contra providencias judiciales, los defectos por desconocimiento del precedente constitucional y por violación directa de la Constitución y, el término de caducidad del medio de control de reparación directa según la jurisprudencia del Consejo de Estado y de la Corte Constitucional.
Se CONCEDE el amparo invocado.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia dictada por la Subseccion A de la Seccion Segunda del Consejo de Estado el 31 de julio de 2019, que confirmo el fallo del 18 de septiembre de 2019 proferido por la Subseccion C de la Seccion Tercera del Consejo de Estado mediante la cual se nego la accion de tutela. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administracion de justicia del senor Carlos Alfonso Aguilar Ossa.
- Segundo. DEJAR SIN EFECTO el auto del 6 de junio de 2019 que expidio la Subseccion B de la Seccion Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que confirmo la decision que adopto el Juzgado Treinta y Dos Administrativo del Circuito de Bogota que declaro probada la excepcion de caducidad del medio de control de reparacion directa, unicamente en relacion con el demandante Carlos Alfonso Aguilar Ossa.
- Tercero. ORDENAR a la Subseccion B de la Seccion Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca que, en el termino de veinte (20) dias, contados a partir de la notificacion de esta decision, se pronuncie nuevamente sobre el recurso de apelacion presentados por los demandantes en el tramite del expediente No. 110013336032-2017-00121-00, teniendo en cuenta las consideraciones efectuadas en este proveido.
- Cuarto. ORDENAR que por Secretaria General se devuelva a la Subseccion B de la Seccion Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca el expediente No. 110013336032-2017-00121-00 contentivo del proceso de reparacion directa que iniciaron el senor Carlos Alfonso Aguilar Ossa junto con sus familiares contra la Nacion- Ministerio de Defensa Nacional-Ejercito Nacional, a efectos de que proceda segun lo decidido.
- Quinto. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
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