T-231 de 2014
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Ignacio Pretelt Chaljub
✓Claimant Hugo Sierra Rojas·Respondent Alcaldia De Bucaramanga Y Otros
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Orden a Alcaldía y Defensoría del Espacio Público realizar nuevamente censo de vendedores informales e informar sobre programas de capacitación
- Efectos inter comunis respecto a vendedores informales a quienes no se les haya permitido censarse
- Requisitos de procedibilidad
- No puede afectar derecho fundamental al mínimo vital a sectores más pobres y vulnerables de la población como vendedores ambulantes
- Protección constitucional
- Deber de la administración de informar acerca de alternativas de reubicación o inclusión en programas sociales para proteger los derechos de los ocupantes
- Protección en la restitución del espacio público
- Proporcionalidad de las medidas adoptadas
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Se aduce la vulneración de derechos fundamentales en virtud de la decisión adoptada por las entidades accionadas de impedirle al actor continuar ejerciendo su labor de vendedor de comidas rápidas en espacio público y no incluirlo en el censo, ni en los programas de generación de ingresos y reubicación dirigidos a los comerciantes informales de la ciudad.
Protección del espacio público por parte del Estado y la eficacia de los derechos fundamentales de los comerciantes informales.
Reiteración de jurisprudencia.
Protección de la confianza legítima en situación de ocupación del espacio público.
Criterios para la realización de censos anteriores a los programas de recuperación del espacio público.
Se CONCEDE el amparo de los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, a la protección del principio de confianza legítima, al trabajo y al mínimo vital.
Se otorga efectos <i>inter comunis</i> a la presente decisión respecto a los vendedores del barrio Girardot de la ciudad de Bucaramanga a quienes no se les haya permitido censarse ni se les haya brindado información sobre los programas de capacitación, de formalización de la economía y los planes de reubicación existentes en dicha ciudad, para los comerciantes informales.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (6 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia dictada el veintiuno (21) de junio de dos mil trece (2013), por el Juzgado
- Sexto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bucaramanga, que confirmo la decision de primera instancia proferida el tres (3) de mayo de dos mil trece (2013) por el Juzgado
- Tercero. Penal Municipal con Funciones de Control de Garantias de Bucaramanga, que nego por improcedente la accion de tutela interpuesta por el senor Hugo Sierra Rojas en contra de la Alcaldia Municipal de Bucaramanga, la Secretaria de Gobierno Municipal de Bucaramanga, el Departamento Administrativo- Defensoria del Espacio Publico de Bucaramanga y la Inspeccion de Policia del Espacio Publico de Bucaramanga. En su lugar, CONCEDER el amparo a los derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, a la proteccion del principio de confianza legitima, al trabajo y al minimo vital del actor, de conformidad con las consideraciones de esta providencia.
- SEGUNDO. OTORGAR EFECTOS INTER COMUNIS a la presente decision respecto de los vendedores del barrio Girardot de Bucaramanga a quienes no se les haya permitido censarse y a quienes no se les haya brindado informacion sobre los programas de capacitacion, de formalizacion de la economia y los planes de reubicacion existentes en la ciudad de Bucaramanga para los comerciantes informales.
- TERCERO. En consecuencia, ORDENAR a la Alcaldia Municipal de Bucaramanga y a la Defensoria del Espacio Publico de la misma Ciudad, que en el termino de diez (10) dias contados a partir de la notificacion de la presente sentencia, procedan a realizar nuevamente el censo de vendedores informales en el barrio Girardot de Bucaramanga e informen al senor Hugo Sierra Rojas y a los demas vendedores informales de dicho barrio, sobre los programas de capacitacion, de formalizacion de la economia y los planes de reubicacion existentes en la ciudad de Bucaramanga para los comerciantes informales, y les brinden la oportunidad de participar en tales programas, en caso de que asi lo deseen.
- CUARTO. Librense por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.