T-168 de 2013
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Claimant Carol Ximena Paz Gelpud·Respondent Saludcoop E.P.S.
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Solicitud justificada
- Orden a EPS disponga practicar a su costa la valoración de otro cirujano vascular
- Vulneración por EPS al negarse a remitir a la paciente con especialista en cirugía vascular
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Salud, vida en condiciones dignas.
Advierte la accionante que luego de presentar unas dolencias físicas y de ser tratada por un médico general sin que los síntomas disminuyeran., fue remitida a consulta con un cirujano vascular, quien después de realizarle varios exámenes le practicó una cirugía de varices.
Esta intervención, según la demandante, se realizó con fallas técnicas y cuando la enfermedad ya había avanzado, circunstancias que condujeron a que el resultado no fuera óptimo.
Se pretende con la acción constitucional que la E,P.S.
SALUDCOOP autorice la consulta con otro especialista vascular para que dictamine el real estado de salud de la actora y determine si el tratamiento realizado fue el adecuado.
Se pretende igualmente que, si para cumplir la petición principal se requiere el traslado de la paciente fuera de su lugar de residencia, la accionada asuma los costos pertinentes.
Se reitera jurisprudencia relacionada con la salud como derecho fundamental y el derecho del paciente a la segunda opinión médica.
Se CONCEDE la tutela y se imparten una serie de órdenes conducentes a hacer efectivo el goce de los derechos amparados.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido en agosto 23 del 2012 por el Juzgado 4o Penal Municipal de Pasto. En su lugar, se dispone TUTELAR los derechos a la salud y a la vida en condiciones dignas de la senora Carol Ximena Paz Gelpud.
- Segundo. ORDENAR a Saludcoop EPS, por conducto de su representante legal o quien haga sus veces que, si aun no lo ha realizado, disponga practicar a su costa la valoracion requerida, bajo la orientacion de otro cirujano vascular, asi no este adscrito a esa empresa, pudiendo acudir al efecto a la Facultad de Medicina de la Universidad de Narino y/o al Hospital Departamental en Pasto, o a un especialista y/o institucion en Cali, caso en el cual tambien asumira los costos adicionales que el desplazamiento ocasione, junto con un acompanante, si el cuidado de la senora lo hace aconsejable, debiendo continuar el tratamiento integral que, efectuada la revaloracion, sea determinado como mas idoneo.
- Tercero. Por Secretaria General, LIBRESE la comunicacion a que se refiere el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.