JurídicoESEN
Tutela ruling (T)April 5, 2019

T-156 de 2019

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Cristina Pardo Schlesinger

✓Claimant Monica Yolima Mesa Pinto·Respondent Establecimiento Penitenciario Y Carcelario De Mediana Seguridad Con Reclusión De Mujeres De Sogamoso

✓
Topic · hard data
Derecho A La Visita Intima De Persona Privada De La Libertad.
01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Derecho A La Libertad Sexual
  • Está comprendido dentro del núcleo esencial del libre desarrollo de la personalidad
Derecho A La Visita Intima De Persona Privada De La Libertad
  • Marco jurídico
  • Vulneración del establecimiento penitenciario y carcelario al negar autorización para la visita íntima, por no demostrar la calidad de cónyuge o compañero permanente
  • Alcance
  • Jurisprudencia sobre la facultad de autorización de los directores de los centros de reclusión
Derechos De Las Personas Privadas De La Libertad
  • Visita íntima como derecho fundamental
Visita Conyugal
  • Expresión implica regresividad en la progresión de los derechos
Derechos Fundamentales De Personas Privadas De La Libertad
  • Clasificación en tres grupos: derechos suspendidos, derechos intocables y derechos restringidos o limitados
8 topics · 11 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

La accionante se encuentra privada de la libertad en un establecimiento carcelario de mediana seguridad con reclusión de mujeres y considera quebrantado su derecho a la intimidad por cuenta de la Directora, quien no le autorizó la visita íntima con su nueva pareja sentimental, ni registró el cambio en su cartilla biográfica bajo el argumento de que no se comprobó la calidad de cónyuges o compañeros permanentes entre la interna y el visitante.

Se analiza la siguiente temática: 1) derecho a la libertad sexual, 2) naturaleza y alcance del derecho a la visita íntima en los centros de reclusión, 3) marco jurídico de la visita íntima para personas privadas de la libertad y 4) jurisprudencia relacionada con la facultad que tienen los directores de centros penitenciarios y carcelarios para autorizar la visita íntima de los internos.

La Sala considera que la decisión de la Directora desconoció el marco jurídico vigente sobre requisitos para autorizar la visita íntima de personas privadas de la libertad y hace énfasis en que las autoridades administrativas de los centros carcelarios no pueden restringir su voluntad de escoger libremente la pareja con quien deseen compartir su vida íntima.

Se CONCEDE el amparo de los derechos a la intimidad, al libre desarrollo de la personalidad y a libertad sexual de la accionante

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (10 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR la sentencia del 22 de agosto de 2018, proferida por el Juzgado
  2. Segundo. Civil del Circuito de Sogamoso en oralidad, mediante la cual se negó el amparo del derecho a la intimidad, dentro de la acción de amparo interpuesta por Mónica Yolima Mesa Pinto contra el Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Mediana Seguridad con Reclusión de Mujeres de Sogamoso. En su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales a la intimidad, al libre desarrollo de la personalidad y a la libertad sexual de la accionante.
  3. SEGUNDO. DEJAR SIN EFECTOS JURÍDICOS la decisión administrativa a través de la cual, la directora del Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Mediana Seguridad con Reclusión de Mujeres de Sogamoso le negó la autorización de visita íntima a Mónica Yolima Mesa Pinto con el señor Ómar Ignacio Fraile Puentes.
  4. TERCERO. ORDENAR a la directora del Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Mediana Seguridad con Reclusión de Mujeres de Sogamoso o a quien haga sus veces que, dentro de los 2 días siguientes a la notificación de presente sentencia, le pregunte a Mónica Yolima Mesa Pinto sobre la persona con la cual desea que se le autorice la visita íntima. En ese sentido, deberá manifestar si hace efectivo este derecho con (i) el señor Ómar Ignacio Fraile Puentes o (ii) con otra persona, en cuyo caso deberá identificarla.
  5. CUARTO. ORDENAR a la directora del Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Mediana Seguridad con Reclusión de Mujeres de Sogamoso o a quien haga sus veces que, luego de que Mónica Yolima Mesa Pinto indique la persona con la que desea que se le autorice la visita íntima, realice uno de los siguientes procedimientos:
  6. (i) Si Mónica Yolima Mesa Pinto manifiesta que desea que se le autorice la visita íntima con Omar Ignacio Fraile Puentes, dentro de los 2 días siguientes a que efectúe esta afirmación, se tendrá que expedir el respectivo acto administrativo de autorización.
  7. (ii) Si Mónica Yolima Mesa Pinto manifiesta que desea que se le autorice la visita íntima con otra persona, la dirección del establecimiento penitenciario y carcelario deberá adelantar el procedimiento para resolver dicha petición, sin que la decisión pueda superar los 15 días hábiles (art. 72 de la Resolución 006349 de 2016). Se reitera que para evaluar si se concede la autorización no se puede exigir que se acredite que el visitante sea cónyuge o compañero permanente de la accionante.
  8. QUINTO. ORDENAR a la directora del Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Mediana Seguridad con Reclusión de Mujeres de Sogamoso o a quien haga sus veces que, dentro de los 2 días siguientes a que se expida el acto administrativo que autorice la visita íntima a Mónica Yolima Mesa, registre el cambio respectivo en la cartilla biográfica de la interna.
  9. SEXTO. ADVERTIR a la directora del Establecimiento Penitenciario y Carcelario de Mediana Seguridad con Reclusión de Mujeres de Sogamoso o a quien haga sus veces que en lo sucesivo no podrá negar la autorización de visita íntima con base en la comprobación de la condición de cónyuges o compañeros permanentes entre la persona privada de la libertad y quien se presenta como visitante.
  10. SÉPTIMO. LIBRAR las comunicaciones -por la Secretaría General de la Corte Constitucional-, así como DISPONER las notificaciones a las partes -a través del juez de tutela de instancia-, previstas en el artículo 36 del Decreto Ley 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 24cited by 9 →T-156/19SU.961/99 — Derecho De Igualdad Al Trabajo Debido Proceso Der De Acceso A Desempeñar Cargos Publicos. Lista Elegibles Magistrados Tribunal. Proteccion O · cited 1,531 timesSU.961/991999T-025/04 — Derechos A La Vida Integridad Personal Igualdad Trabajo Salud Seguridad Social Educacion Minimo Vital Y Peticion. Goce Efectivo. Atencion In · cited 801 timesT-025/042004T-311/96 — No Pago De Incapacidades Medicas. Derecho A La Subsistencia. Prevalencia Delo Derecho Sustancial. Concedida. · cited 206 timesT-311/961996T-388/13 · cited 183 timesT-388/132013SU.772/14 · cited 100 timesSU.772/142014T-424/92 — Derecho A La Intimidad. Derechos De Los Internos. Derecho Al Libre Desarrollo De La Personalidad. Visitas Conyugales. Negada. · cited 85 timesT-424/921992C-098/96 — Ley 54/90. Arts. 1 Y 2 Lit. A). Hosexualismo. Dr. A La Libre Opcion Sexual. Exequibles. · cited 80 timesC-098/961996T-222/93 — Visita Conyugal En Carceles Transitorias. Derechos De Los Internos. Concedida. · cited 79 timesT-222/931993T-114/21 — Derecho A La Unidad Familiar De Personas Privadas De La Libertad Y Garantia De Visitas Virtuales Cuando Dos O Más Miembros De Una Familia Se · cited 19 timesT-114/212021T-365/22 — Carencia Actual De Objeto Por Situación Sobreviniente, Quien Solicitaba Visita Íntima Está En Libertad Condicional-Derecho De Acceso A La Vi · cited 16 timesT-365/222022T-365/20 — Derecho A La Diversidad Etnica Y Cultural De Indigenas Privados De La Libertad · cited 11 timesT-365/202020T-358/21 — Derecho A La Visita Intima De Persona Privada De La Libertad, En El Contexto Excepcional De La Emergencia Sanitaria Por La Propagación Del C · cited 8 timesT-358/212021T-370/23 — Derecho A La Salud Y A La Autodeterminación Reproductiva-Concede Amparo Por Desconocer La Libre Escogencia Y Falta De Continuidad En Tratami · cited 2 timesT-370/232023T-174/24 — Derecho A La Dignidad Y No Discriminación De La Población Lgtbiq+ Privada De La Libertad-Carencia Actual De Objeto Por Situación Sobrevinien · cited 1 timesT-174/242024T-385/24 — Derecho A La Visita Íntima Y Familiar De Las Personas Privadas De La Libertad-Flexibilidad De Los Requisitos Que Deben Acreditar Los ExtranjT-385/242024T-269/24 — Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Medio De Control De Reparación Directa-Configuración Del Defecto Fáctico Y DesconocimientT-269/242024
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.