T-1171 de 2003
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Alfredo Beltrán Sierra
✓Claimant Carlos Andres Fontalvo Lopera Vs. Inspeccion De Policia De Usaquen
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Improcedencia por cuanto no existió negligencia ni dilación injustificada en la práctica de diligencias judiciales
- Diligenciamiento se debe hacer respetando al orden cronológico de recibo
- Decreto de embargo y secuestro de bienes
- Vulneración del debido proceso
- Practica de diligencia por inspección de Policía
- Carácter vinculante entre las partes
- Consecuencias de su incumplimiento
- Cumplimiento efectivo
- Cumplimiento de términos judiciales
- No se pueden desconocer para alterar los turnos establecidos
- Cumplimiento de sentencias
- Exige celeridad, economía y eficacia en los procesos
- Formulación de plazo máximo de cuatro meses para evacuar diligencias judiciales pendientes
- Facultad para hacer cumplir sus decisiones
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (8 points)
- Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Sexto. Civil del Circuito de Bogota, el 12 de mayo de 2003, en esta accion de tutela, por las razones expuestas en esta providencia.
- Segundo. ORDENAR a la Inspeccion C de Policia de Usaquen, la practica de la diligencia de restitucion de inmueble arrendado, en el proceso de Carlos Andres Fontalvo Lopera contra Ana Lucrecia Larrotta Lopez y otros, en la fecha previamente senalada, sin que ella sea objeto de variacion.
- Tercero. COMPULSAR copias de este expediente, al Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, Sala Jurisdiccional Disciplinaria, para que examine la actuacion surtida en el proceso mencionado en el numeral precedente, por el Juzgado Veintidos Civil Municipal de Bogota, y adopte las decisiones que en derecho correspondan, e informe de ellas a esta Corporacion cuando se produzcan. Por Secretaria OFICIESE para el efecto.
- Cuarto. Dado que el Juzgado Veintidos Civil Municipal de Bogota, envio a esta Corporacion el expediente contentivo del proceso aludido, el cual fue tenido en cuenta como prueba en el tramite de esta accion de tutela, por Secretaria fotocopiese y, cumplido ello, devuelvase el original al juzgado de origen, dejando expresamente constancia de ello en el expediente de esta accion de tutela.
- Quinto. ENVIESE copia de esta sentencia al Ministerio de la Justicia y el Derecho para que en ejercicio de sus funciones, conjuntamente con el Consejo Superior de la Judicatura formule en un plazo maximo de cuatro meses, un plan concreto que permita evacuar en corto tiempo las numerosas diligencias judiciales pendientes en el Distrito Capital y a nivel nacional, que trace directrices de accion e imponga metas con cronogramas precisos para ese efecto y que, a mediano y largo plazo eviten que semejante situacion vuelva a presentarse, realizando desde luego, las gestiones presupuestales necesarias para la obtencion de ese proposito.
- Librense por Secretaria, las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
- Notifiquese,
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.