T-1093 de 2005
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández
✓Claimant Luis Eduardo Higuita Correa Vs. Establecimiento Penitenciario Y Carcelario De San Andres
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- No podía ser revocado por Directora de cárcel
- Garante de la legalidad en la ejecución de la sanción penal
- No podía revocar permiso de 72 horas ya concedido por juez
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al debido proceso la resocializacion y la libertad de interno recluido en el establecimiento penitenciario y carcelario de san andres a quien le habia sido concedido el beneficio administrativo de permiso de setenta y dos (72) horas y le fue revocado por cuanto dicho permiso le habia sido concedido sin el lleno de los requisitos.
Solicita se le permita gozar nuevamente del beneficio administrativo del permiso.
Via de hecho administrativa en las actuaciones de las autoridades penitenciarias.
Tanto el tramite como las resoluciones que se adopten por parte de las autoridades administrativas de las prisiones deben responder claramente a la normatividad vigente es decir deben respetar estrictamente el principio de legalidad.
El tratamiento penitenciario y la concesión de los beneficios administrativos.
El juez de ejecución de penas y medidas de seguridad garantiza la legalidad en la ejecución de la sancion penal.
El derecho al debido proceso de los reclusos es un derecho intangible que rige plenamente dentro del establecimiento carcelario e implica del parte del estado la adopción de cinductas que se enmarquen en la legalidad.
Se incurrio en una via de hecho por cuanto la directora de la carcel no era la competente para revocar el beneficio administrativo concedido.
Concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- PRIMERO. REVOCAR las sentencias proferidas por el Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de San Andres Islas, y el Tribunal Superior de Distrito Judicial del Departamento de San Andres y Providencia, las cuales negaron el amparo del derecho fundamental al debido proceso de Luis Eduardo Higuita Correa en el asunto de la referencia. En su lugar, CONCEDER, por las razones y en los terminos de esta sentencia, el amparo del derecho del accionante.
- SEGUNDO. DEJAR sin efecto la Resolucion No.031 de 2005, por medio de la cual se revoco el beneficio Administrativo hasta de 72 horas al actor.
- TERCERO. ORDENAR al Establecimiento Penitenciario y Carcelario de San Andres, Islas, que dentro del termino de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificacion de este fallo, si aun no lo ha hecho, reanude el beneficio administrativo hasta de 72 horas que venia disfrutando el accionante, hasta tanto esto no sea revocado por el Juzgado Unico Penal del Circuito Especializado de San Andres, para lo cual la autoridad carcelaria podra poner en conocimiento las circunstancias que ameriten tal determinacion.
- CUARTO. Por secretaria General librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.