JurídicoESEN
Tutela ruling (T)February 20, 2012

T-108 de 2012

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice María Victoria Calle Correa

✓Claimant Alcira Florez De Mantilla·Respondent Instituto De Seguros Sociales, Seccinal Santander

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Debido Proceso Administrativo Y Solicitud De Reconocimiento De Pension De Sobrevivientes
  • Caso en que se vulneró por el ISS al tomar como único fundamento para negarla una declaración rendida 15 años antes
Accion De Tutela Para Reconocimiento Y Pago De Derechos Pensionales
  • Reiteración de jurisprudencia sobre procedencia excepcional
Debido Proceso Administrativo
  • Se vulnera al resolver una solicitud de pensión por medio de un acto no motivado en debida forma
Derecho A La Pensión De Sobrevivientes
  • Caso en que no se expone en el acto administrativo que la negó las razones en que se fundamentó
6 topics · 5 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Debido proceso administrativo.

La presente acción constitucional se instauró en contra del ISS, Seccional Santander, por considerar que la negativa de esta entidad de reconocerle a la demandante la calidad de beneficiaria de la pensión de sobrevivientes de su compañero permanente, vulnera sus derechos fundamentales.

Se alega que la accionada no tuvo en cuenta los medios probatorios allegados en el expediente, de acuerdo con los cuales se demostró la convivencia permanente con el causante en una primera época en caldiad de esposa hasta el momento de dictarse sentencia de divorcio y luego de esta, otros años en calidad de compañeros permanentes hasta la fecha de la muerte del causante.

Luego de reiterar jurisprudencia constitucional relacionada con la procedencia de la acción de tutela para el reconocimiento y pago de derechos pensionales la Sala concluye que una entidad administradora de pensiones y en el caso concreto el ISS, vulnera el derecho al debido proceso administrativo cuando resuelve una solicitud de reconocimiento pensional, por medio de un acto no motivado en debida forma y tomando como único fundamento de su decisión, una declaración rendida por el titular de la prestación, quince años antes de su deceso.

Luego de CONCEDER el amparo solicitado, se ordena al accionado proferir un nuevo acto administrativo en el cual decida la solicitud pensional de la actora en calidad de compañera permanente del fallecido causante.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (5 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia de segunda instancia proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bucaramanga, el veintidos (22) de agosto de dos mil once (2011), que a su vez confirmo el fallo de primera instancia proferido por el Juzgado
  2. Tercero. Penal del Circuito de Barrancabermeja, el ocho (08) de julio de dos mil once (2011), en el cual se nego el amparo solicitado por la senora Alcira Florez de Mantilla, dentro de su proceso de tutela contra el Instituto de Seguros Sociales, Seccional Santander, y en su lugar, AMPARAR el derecho al debido proceso administrativo de la peticionaria, por las razones expuestas en esta providencia.
  3. Segundo. DEJAR SIN EFECTOS la Resolucion No. 6795 del 29 de octubre de 2010 expedida por el Instituto de Seguros Sociales, Seccional Santander, por medio de la cual la entidad nego el reconocimiento de la pension de sobrevivientes a la senora Alcira Florez de Mantilla, por las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia. Como consecuencia ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales, Seccional Santander, que dentro de los diez (10) dias siguientes a la notificacion de esta providencia, profiera un nuevo acto administrativo en el cual decida la solicitud pensional de la senora Alcira Florez de Mantilla en calidad de companera permanente del senor Jose Maria Mantilla Melendez, y especifique de forma suficiente los motivos en los que se apoya para su decision.
  4. Tercero. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales, Seccional Santander, que en el termino de cinco (05) dias siguientes a la expedicion del nuevo acto administrativo sobre el derecho pensional de la senora Alcira Florez de Mantilla, remita a este despacho copia del mismo.
  5. Cuarto. Por Secretaria General de la Corte, LIBRENSE las comunicaciones previstas en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
DissentFabio Morón Díaz
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.