T-1064 de 2007
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Rodrigo Escobar Gil
✓Claimant Gustavo Coronado Pinto Vs. Tribunal Administrativo De Cundinamarca Seccion Tercera Subseccion A
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- No se notificó a tercero con interés legítimo en el proceso
- Requisitos generales de procedibilidad
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al debido proceso y la defensa de sociedad c.i.
Vuelven s.a.
Dentro del tramite de accion de cumplimiento contra la alcaldia del municipio de tocancipa para dar aplicacion al plan de ordenamiento territorial del municipio que culmino con sentencia en que a la sociedad le fueron violados los derechos al debido proceso y la defensa ademas de revocarse actos administrativos sin consentimiento escrito y expreso del titular contrariando jurisprudencia respecto de la revocatoria de actos administrativos.solicita se declare la nulidad de lo actuado a partir del auto admisorio de la demanda y se disponga la vinculacion oficiosa de la sociedad como litisconsorte necesario en el tramite de la accion de cumplimiento.tutela contra providencias judiciales.
La procedencia excepcional de la accion de tutela contra decisiones judiciales.
La garantia del debido proceso en las acciones de cumplimiento y la notificacion a los destinatarios pasivos de la misma.
Deberes de vinculacion oficiosa dentro de las acciones de cumplimiento.
En el presente caso la sala encuentra un claro defecto procedimental sustancial por indebida integracion del contradictorio que derivo en la vulneracion del derecho al debido proceso de la sociedad vuelven s.a.concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia proferida por el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Segunda, Subsección "B", y en consecuencia, conceder la tutela interpuesta por el señor GUSTAVO CORONADO PINTO.
- SEGUNDO. DECLARAR LA NULIDAD de lo todo actuado a partir del auto admisorio de la demanda en el proceso adelantado ante la Sección Tercera, Subsección "A" del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, dentro del expediente A. C. 2005-1048 Demandante : Ricardo González Uscátegui y Demandado : Municipio de Tocancipá ( Cund. )
- El Tribunal deberá disponer la vinculación oficiosa de la SOCIEDAD C.I. VUELVEN S.A. como litisconsorte necesario, en cuanto titular de una relación jurídica sustancial que resultará directamente afectada con la decisión a proferir.
- TERCERO. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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