T-1063 de 2006
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Clara Inés Vargas Hernández
✓Claimant Jose Antonio Moreno Velasquez Vs. Fondo Nacional De Ahorro Fna
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Naturaleza jurídica
- Deber de informar a usuarios la redenominación de créditos hipotecarios
- Respeto
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Derecho al debido proceso de deudor del fondo nacional de ahorro a quien la entidad le modifico de manera unilateral y sin su consentimiento las condiciones del credito inicialmente pactadas en pesos a uvr con incremento del plazo establecido y el sistema de amortizacion.solicita se ordene el restablecimiento del credito a las condiciones inicialmente pactadas.naturaleza juridica del fondo nacional de ahorro fna.
Consecuencias de modificar unilateralmente las condiciones de los contratos de mutuo para adquisicion de vivienda y el deber del fondo de contar con la aprobacion de los deudores de dichos contratos para poder modificar los sistemas de amortizacion.
Es procedente la accion de tutela como mecanismo transitorio cuando lo pretendido sea evitar la ocurrencia de un perjuicio irremediable en cuyo caso la orden tendra efectos temporales hasta que la autoridad judicial competente decida en forma definitiva.concedida
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (3 points)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado 29 Civil del Circuito de Bogota y en su lugar CONCEDER la tutela del derecho al debido proceso del senor Jose Antonio Moreno Velasquez.
- Segundo. ORDENAR al Fondo Nacional de Ahorro que en el termino de cinco (5) dias (i) restablezca el credito en pesos y en el plazo indicado, segun lo pactado inicialmente con el demandante; una vez cumplido lo anterior, (ii) en el termino de quince (15) dias, verifique si dicho credito cumple o no con la prohibicion de capitalizacion de intereses. En caso de que se constate que el credito del tutelante resulta contrario a lo que se ha establecido por la Corte Constitucional en dicho sentido y con las normas legales vigentes, el Fondo Nacional de Ahorro debera, dentro del mismo plazo, dar informacion clara, cierta, comprensible y oportuna al senor Jose Antonio Moreno Velasquez respecto de dicha condicion, de manera tal que conozca suficientemente como opera el credito, la composicion de las cuotas, el comportamiento del credito y cual va a ser el procedimiento a seguir por parte del Fondo Nacional de Ahorro para ajustar su credito a la prohibicion de capitalizacion de intereses; (iii) En el evento en que sea necesario modificar las condiciones inicialmente pactadas del credito en cuanto al plazo o monto de las cuotas que en pesos adquirio el demandante y que debe continuar en pesos, sera necesario contar con su consentimiento o aquiescencia, y, en caso contrario, se mantendran las condiciones inicialmente pactadas, sin perjuicio de que el Fondo Nacional de Ahorro pueda acudir ante el Juez competente para dirimir la controversia contractual. Lo anterior de conformidad con la jurisprudencia que se reitera en este fallo y la normatividad vigente sobre la materia.
- Tercero. ORDENAR que por Secretaria General se de cumplimiento a lo dispuesto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
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