JurídicoESEN
Tutela ruling (T)March 5, 2013

T-104 de 2013

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Mauricio González Cuervo

✓Claimant Clara Nelly Cordoba Ramos·Respondent Secretaria De Educacion Del Choco

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Traslado Laboral De Docente
  • Vulneración al no analizar situación particular respecto a condición familiar y laboral de madre cabeza de familia con hijo en condición de discapacidad física y mental permanente
Derecho A La Unidad Familiar De Docente
  • Orden a la Secretaría de Educación reubique a la accionante en una institución educativa cercana a su residencia, teniendo en cuenta la situación familiar
Ejercicio Del Ius Variandi Y Sus Limites Constitucionales En Casos De Traslado De Docentes
  • Límites a la discrecionalidad de la administración cuando vulnera derechos del docente y su núcleo familiar
5 topics · 3 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Igualdad.

La accionante se desempeñaba como docente en una escuela del municipio de Medio Atrato (Chocó) y fue trasladada a otra institución educativa ubicada en el municipio del Carmen del Darién.

Ella es madre cabeza de familia de cuatro hijos, uno de ellos en situación de discapacidad a raíz de una parálisis cerebral espástica permanente.

Los hijos viven en la ciudad de Quibdo y lo que se alega en la acción de tutela es que las nuevas condiciones laborales impiden que atienda y cuide a sus hijos, especialmente al que tiene la limitación física, toda vez que ahora sólo puede visitar a su hijos en los períodos de vacaciones y no cada quince días como acostumbra hacerlo.

Se pretende con la acción constitucional que se deje sin efectos los actos administrativos que ordenaron el traslado laboral de la actora y se ordene su reubicación en el mismo lugar de trabajo o en otro cercano a la ciudad de Quibdó, donde reside su familia.

La entidad accionada confirmó la decisión de trasladar a la actora, sin embargo, decidió hacerlo a un centro educativo ubicado en el municipio de Ríosucio.

Se concluye que, la entidad accionada infringió los límites constitucionales a la figura del ius variandi, desconoció la especial protección constitucional de las personas en condición de discapacidad la cual asegura el derecho a la igualdad material de una población en situación de debilidad manifiesta y, desconoció la obligación de tener en cuenta el entorno familiar del trabajador para no generar consecuencias negativas en la salud de sus miembros.

SE CONCEDE.

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. PRIMERO. REVOCAR las sentencias proferidas por Juzgado
  2. Primero. Administrativo de Quibdó que negó en primera instancia la presente acción constitucional y del Tribunal Contencioso Administrativo del Chocó que confirmó la mencionada providencia y en su lugar, TUTELAR el derecho fundamental a la igualdad de la señora CLARA NELLY CÓRDOBA RAMOS.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a la Secretaría de Educación de la Gobernación del Chocó - Administración Temporal - que reubique a la accionante, en el menor tiempo posible - el cual no puede superar del próximo periodo vacacional - y sin afectar la actual prestación del servicio de educación, en el Centro Educativo San José de Buey en el municipio de Medio Atrato, Chocó. Hasta tanto se pueda realizar una nueva ubicación en una institución educativa departamental que cuente con cupos docentes de conformidad con el perfil profesional de la accionante teniendo especial consideración por la situación familiar de la señora Córdoba Ramos de acuerdo con la parte motiva de la presente providencia.
  4. TERCERO. LIBRAR, por Secretaría General, la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
constitutional review unification tutela

The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.