JurídicoESEN
Tutela ruling (T)February 16, 2012

T-087 de 2012

The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.

Reporting justice Nilson Elías Pinilla Pinilla

✓Claimant Oscar Manuel Monsalve Jaimes Y Otros·Respondent Ecopetrol

01

Topics and subtopics of the ruling

✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.

Declaratoria De Nulidad De Resolucion Del Ministerio De La Proteccion Social
  • Caso en que excluyó del Sistema Jurídico la ilegalidad de huelga
Acción De Tutela
  • Improcedencia para obtener reintegro y pago de prestaciones
  • Improcedencia para resolver derechos litigiosos
Competencia Terrritorial En Acciones De Tutela
  • Entidades que tienen múltiples sedes en el territorio nacional
Exhortacion Al Congreso
  • Actualización de la legislación laboral particularmente el literal h del artículo 430 del CST
7 topics · 6 subtopics · source: case-law reporter's topic index
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)

Vida, familia, igualdad, libre asociación, organización sindical, seguridad social, huelga, debido proceso.

Se acumulan expedientes por unidad de materia.

La Sala analiza si ECOPETROL vulneró derechos fundamentales de los demandantes al no reintegrarlos a sus puestos de trabajo, supuestamente incumpliendo las recomendaciones que el Comité de Libertad Sindical de la OIT emitiera dentro de la queja presentada contra el gobierno colombiano.

La Sala realiza una consideración previa sobre el carácter vinculante de las recomendaciones del comité aludido aprobadas por el Consejo de Administración y analiza temática relacionada con la procedencia de la acción de tutela para obtener el pago de derechos laborales litigiosos, el requisito de inmediatez y el factor de competencia territorial de los jueces.

La Sala revoca las decisiones de instancias que en los diferentes procesos concedieron la tutela y en su defecto resuelve DECLARAR LA IMPROCEDENCIA de dichas acciones.

Así mismo decide compulsar copias de los procesos analizados a la Fiscalía General de la Nación para que si encuentra mérito disponga de las investigaciones que conduzcan a esclarecer si en los asuntos pudiera existir la consumación de conductas punibles por parte de los servicios judiciales y de quienes dolosamente hubieren determinado su comportamiento, o fueran coautores, cómplices o intervinientes.

Se exhorta al Congreso de la República para que expida la ley que conduzca a actualizar la legislación laboral. <br> <br>

Case-law reporter's text · normalized for reading (all caps → sentence case)
02

What it decided

This decision records no constitutional review holdings. This is common in tutela rulings and orders, where the decision does not concern a legal provision.
·

Operative part (Resuelve)

✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.

See the operative part (4 points)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia de julio 14 de 2011 proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cucuta, que confirmo la dictada en mayo 25 del mismo ano por el Juzgado 3deg Laboral del Circuito de dicha ciudad, que concedio la tutela pedida contra ECOPETROL por los senores Oscar Manuel Monsalve Jaimes y John Harvey Vega Fonnegra y la senora Mayra Alejandra Joya Bueno, mediante apoderado (expediente T-3195272). En su lugar, se dispone DECLARAR IMPROCEDENTE dicha accion.
  2. Segundo. REVOCAR la sentencia de agosto 9 de 2011 proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Cucuta, que confirmo la dictada en diciembre 15 del 2010 por el Juzgado 3deg Laboral del Circuito de dicha ciudad, que concedio la tutela pedida contra ECOPETROL por los accionantes Gabriel Alvis Ulloque, Alvaro Gomez Lizarazo, Fernando Tapias Ayala, Abelardo Gamarra Fonseca, Adalberto Perez Hernandez, Alfonso Rafael Dovale Florez, Alfredo Cabarcas Martinez, Alirio Acevedo Rueda, Alvaro Melendez Arroyo, Alvaro Remolina Gutierrez, Alvaro Rueda Duque, Angel Maria Rueda Garzon, Angela Fiallo Marin, Arnulfo Nunez Herrera, Carlos Arturo Montesinos Quinones, Carlos Eduardo Oviedo Barrios, Carmen Elena Marmol Vasquez, Cristobal Salas Angulo, Danilo Marin Sanchez Chaparro, Donaldo de Jesus Alvarino Pinto, Elvia Vesga Rodriguez, Fernando Duarte Franco, Fernando Jimenez Chaparro, Francisco Antonio Sepulveda Gamboa, Gabriel Arturo Sepulveda Caceres, Gladys Suarez Vertel, Guillermo de Jesus Duque Pedrozo, Guillermo Eduardo Lastre Castillo, Guillermo Hernando Medina Bello, Gustavo Martinez Afanador, Hector Carrillo Villamizar, Hector Miguel Mesa Pulido, Heladio de Jesus Rincon Valeta, Hely Eduardo Estupinan Angarita, Henry Valero Rincon, Hermes Francisco Montiel Puche, Hernando Hernandez Pardo, Idael Betancourt Parra, Jaime Villadiego Hernandez, Jose Antonio Meneses Becerra, Jose Vicente Morales Rojas, Ladislao Rodriguez Rojas, Ludyz Esther Torres Arias, Luis Alberto Ramos Arenilla, Luis Alberto Serrano Cifuentes, Luis Carlos Castillo Santos, Luis Carlos Cepeda Rueda, Luis Carlos Zapata Araque, Luis Ernesto Molina Velazquez, Manuel del Cristo Pianeta Matute, Manuel Francisco Palomino Martinez, Maria Luisa Nino de Prada, Mario Garcia Ochoa, Miguel Antonio Gomez Calderon, Orlando Moreno Paez, Orlando Robles Alvarez, Oscar Carrillo Gomez, Pablo Ascenio Florez, Pedro Elias Herrera Ramirez, Pedro Julian Cote Parra, Pedro Manuel Pacheco Barrios, Rafael Enrique Torres Noguera, Ramiro Medina, Raul Alberto Gomez Buitrago, Reynaldo Rey Coronel, Roberto Guerrero Ramirez, Roberto Plata Duenas, Romulo Navarro Garcia, Salomon Ayala Vasquez, Sergio Diaz Rubio, Victor Julio Bayona Arevalo, Victor Manuel Florez, Yomber Sierra Ospina, Jairo Alberto Suarez Murcia, Jose Ramiro Luna Martinez, mediante apoderado (expediente T-3197224). En su lugar, se dispone DECLARAR IMPROCEDENTE dicha accion.
  3. Tercero. COMPULSAR COPIAS de los fallos de instancia dictados dentro de los procesos de radicacion T-3195272 y T-3197224 y de esta sentencia, con destino a la senora Fiscal General de la Nacion, para que, si encuentra merito, disponga las investigaciones que conduzcan a esclarecer si en este asunto pudiere existir la consumacion de conductas punibles, por parte de los servidores judiciales respectivos y de quienes dolosamente hubieren determinado su comportamiento, o fueren coautores, complices o intervinientes para lo cual tomara en consideracion lo anteriormente compulsado contra esos mismos despacho judiciales, en cumplimiento de sentencias anteriores de la Corte Constitucional.
  4. Cuarto. EXHORTAR al Congreso de la Republica para que en desarrollo del articulo 56 de la Constitucion Politica expida la ley que conduzca a actualizar la legislacion laboral, particularmente el literal h) del articulo 430 del Codigo Sustantivo del Trabajo, de manera acorde a los dictados constitucionales y a los convenios internacionales del trabajo que formen parte del bloque de constitucionalidad, segun ya fue dispuesto en la sentencia T-171 de marzo 14 de 2011 de la Sala Quinta de Revision de la Corte Constitucional.
Verbatim text · source: operative part of the ruling
03

The bench that decided

We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.

Separate opinions — text available1
ConcurrenceHumberto Antonio Sierra Porto
Official text from the case-law reporter · the most valuable part of the ruling: the positions that did not carry the majority.
04

How it connects

Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.

The document’s networkthe most influential links · node size is how often the Court cites it
← cites 17cited by 8 →T-087/12T-1121/03 — Derechos Litigiosos De Contenido Economico. Deuda Sobre Inmueble Rematado En 1989. Cesantias Se Aplicaron Al Credito Y Ahora Se Reclaman Y C · cited 71 timesT-1121/032003T-1033/10 · cited 38 timesT-1033/102010T-605/95 — Improcedencia De La Tutela Para Suspender Los Efectos De Un Contrato. Codiscos. Negada. · cited 32 timesT-605/951995T-171/11 · cited 28 timesT-171/112011C-075/97 — Dec. 753/56. Art. 1 Lit E) Que Subrogo El Art. 430 Del C.S.T. Y Contra La Ley 50/90. Art. 65 Lit A) Que Subrogo El Art. 450 Del C.S.T. Huelg · cited 25 timesC-075/971997A. 223/06 — Solicitud De Nulidad De La Sentencia T-229/06. Argumenta La Inconformidad Sobre Tres Argumentos: A.) Desconocimiento De Decisión De La Sala · cited 22 timesA. 223/062006T-979/04 — Derecho Al Trabajo Libertad Sindical Y Asociación De Extrabajadores Que Laboraban En El Municipio De Neiva Desvinculados Por La Liquidación · cited 18 timesT-979/042004C-474/94 — Ley 1/91. Varios Arts. Y Dec. 37/92. Estatuto De Puertos Maritimos. Exequibles. · cited 18 timesC-474/941994SU.377/14 · cited 153 timesSU.377/142014T-661/13 · cited 41 timesT-661/132013T-261/12 · cited 19 timesT-261/122012T-920/12 · cited 15 timesT-920/122012C-796/14 — Codigo Sustantivo Del Trabajo. Prohibición De Huelga En Actividades De Explotación, Refinación, Transporte, Distribución De Petróleo, Cuando · cited 8 timesC-796/142014T-448/12 · cited 4 timesT-448/122012T-181/24 — Derecho A La Huelga En El Transporte Aéreo Y Libertad Sindical-Bloque De Constitucionalidad Y Fuerza Vinculante De Las Recomendaciones Del C · cited 2 timesT-181/242024T-238/24 — Acción De Tutela Contra Decisiones Judiciales En Asunto Laboral (Huelga En El Servicio De Transporte Aéreo, Libertad De Asociación Sindical · cited 1 timesT-238/242024
constitutional review unification tutela
Cites17
A. 249/12Order (Auto) of 2012A. 231/12A. 227/12Order (Auto) of 2012T-171/11Tutela of 2011T-1033/10Tutela of 2010A. 125/09Conflicto De Competencia Entre El Tribunal Superior De De Cartagena –Sala Penal- Y El Tribunal Supeior De Bogota –Sala Penal- Competencia De La Corte Constitucional Para Dirimir Los Conflictos De Competencia En Materia De Tutela. Reietracion Jurisprudencial. Sobre El Particular, Se Reafirmo Que, A Partir Del Auto 170a De 2003, Esta Corporacion Ha Hecho Una Excepcion A La Regla De La Competencia Residual, Y Ha Optado Por Desatar De Manera Directa Los Conflictos De Competencia Suscitados Entre Autoridades Judiciales Que Posean Un Superior Jerarquico Comun. Normas Que Determinan La Competencia En Materia De Tutela. En Suma, Las Unicas Normas Que Determinan La Competencia En Materia De Tutela Son El Articulo 86 De La Constitucion Y El 37 Del Decreto 2591 De 1991. El Decreto Reglamentario 1382 De 2000 Solo Contiene Reglas De Reparto. Jurisprudencia Constitucional Sobre La Posibilidad De Decretar La Nulidad De Un Proceso De Tutela Por Desconocimiento Del Decreto 1382 De 2000. Se Reavivo El Debate Jurisprudencial Al Respecto, Dejando Claro Que La Posicion Adoptada En La Mayoria De Los Casos Recientes Defiende Que Un Juez De Segunda Instancia, So Pretexto De Observar Una Regla De Reparto, No Puede Suspender El Tramite Constitucional Y Omitir, Asi, El Pronunciamiento De Fondo Sobre La Materia. De Todo Lo Anterior, Se Desprendieron Las Siguientes Conclusiones: (I) Un Error De Aplicacion O Interpretacion De Las Reglas De Competencia Contenidas En El Articulo 37 Del Decreto 2591 De 1991 Pueden Llevar Al Juez De Tutela A Declararse Incompetente. Le Corresponde, Entonces, Remitir El Respectivo Expediente. (Ii) Una Equivocacion En La Aplicacion O Interpretacion De Las Reglas De Reparto Del Decreto 1382 De 2000 No Autorizan Al Juez De Tutela A Declararse Incompetente Y, Mucho Menos, A Declarar La Nulidad De Lo Actuado. (Iii) Los Unicos Conflictos De Competencia Que Existen En Materia De Tutela Son Aquellos Que Se Presentan Por La Aplicacion O Interpretacion Del Articulo 37 Del Decreto 2591 De 1991. (Iv) Ninguna Discusion Por La Aplicacion O Interpretacion Del Decreto 1382 De 2000 Genera Conflicto De Competencia, Ni Siquiera Aparente. En Concreto, Se Resolvio Remitir El Expediente Contentivo De La Accion De Tutela De La Referencia Al Tribunal Superior De Cartagena –Sala Penal- Para Que Le De Tramite Y Decida En Forma Inmediata.
See all 17 →

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